JEE: LADY CAMONES NO INFRINGIÓ EL PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD
El Jurado Electoral Especial – Lima Centro determinó que la expresidenta del Congreso Lady Camones -censurada en el cargo- no infringió el principio de neutralidad, luego de que, días atrás iniciara un procedimiento por el contenido de los audios difundidos con César Acuña, líder de su partido.
En el informe elaborado por el coordinador de fiscalización de esta institución, el cual fue enviado a Lady Camones, se informa que del análisis de estos hechos contemplados en los audios difundidos por EpicentroTV, no se podría haber incurrido en una infracción a las normas de neutralidad por parte de la presidenta del Congreso.
Respecto al caso del candidato César Acuña, el organismo sostuvo que debe tenerse en cuenta algunos puntos relevantes:
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La neutralidad es cometida por los funcionarios públicos, no por los candidatos o personas comunes.
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Los supuestos de infracción a las normas de neutralidad son taxativos y están recogidos en la norma electoral.
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Las sanciones ante una infracción a las normas de neutralidad van desde el ordenar al funcionario público abstenerse de dicha conducta, multa e incluso remitir copias de los actuados a la Contraloría, así como a la entidad a la que pertenece el infractor.
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Los supuestos de exclusión de candidatos son distintos a los de infracción a normas de neutralidad. Además, el plazo para exclusiones de candidatos con pronunciamiento de segunda instancia venció el 2 de setiembre, por tanto, ningún candidato puede ser excluido a menos que su situación jurídica varíe en los supuestos establecidos por la ley electoral.