Aquí no se trata de discriminar a odontólogos estéticos o a otras disciplinas colaterales del ancho campo de la medicina en una intervención, sino de mantener el rol primario y definitorio del médico, quien podrá convocarlos si su diagnóstico lo determina.
Admito que estuve siguiendo casi de reojo la polémica abierta y pública de los colegios profesionales Médico y de Odontólogos desatada hace varias semanas. Me llamaba la atención, eso sí, la abundante pauta publicitaria de este último en importantes medios audiovisuales, donde se denunciaba la aparente voracidad del primero para monopolizar el llamado “acto médico”, el cual, según lo explican las partes, constituye la etapa esencial de la intervención quirúrgica de un paciente.
Para los médicos, dicha etapa solo puede ser afrontada por quienes tienen una formación profesional que permite evaluar integralmente las condiciones de ese paciente y clasificar sus problemas de salud en todo el organismo. Para los odontólogos, la cirugía bucal y maxilofacial forma parte de una emergencia quirúrgica (por fracturas y otros) y, por lo tanto, debe también considerársele “acto médico”.
La postura de los odontólogos fue consagrada en diciembre del año pasado a través de la Ley 32210 (promulgada por el Congreso bajo el mecanismo de “insistencia” ante las observaciones del Ejecutivo), luego de una fuerte presión de dichos profesionales que calzan una curul. El Colegio Médico hizo posible, a través de otros legisladores, la revisión de tal norma y hoy está en agenda su derogatoria.
Hasta ahí los argumentos. Para mí fue necesario profundizarlos cuando el jueves 6 de marzo leí un dramático titular del diario La Razón, el cual decía: “Cirugía odontológica no es acto médico. Congreso se juega hoy salud de peruanos”.
¿Así de grave es la cosa como para sostener que el Parlamento tiene la obligación de corregir un despropósito en torno a los tratamientos médicos rigurosos y responsables? Definitivamente sí. Lo señala el sentido común y las experiencias que cualquiera haya tenido con la atención de su doctor de cabecera o responsable de realizar alguna operación.
Aquí no se trata de discriminar a odontólogos estéticos o a otras disciplinas colaterales del ancho campo de la medicina en una intervención, sino de mantener el rol primario y definitorio del médico, quien podrá convocarlos si su diagnóstico lo determina. Meter en ese rol a todas esas disciplinas invita a un lento deterioro del acto médico y a la oportunidad de informalizar aún más operaciones y tratamientos. Y eso sí es jugar con la vida de todos los peruanos.
Además de ello, el portal periodístico Sudaca, a través de un artículo titulado “Odontólogos todoterreno”, introduce un elemento por investigarse: la Faculdade do Centro Oeste Paulista de Brasil (FACOP), la cual brinda cursos relacionados con odontología y procedimientos estéticos, anunció dos meses antes de aprobada la ley su llegada al Perú. FACOP ha tenido como invitado especial de uno de sus eventos nada menos que al decano del Colegio Odontológico. Según Sudaca, la Ley 32210 supondría para FACOP “un negocio más lucrativo”
En este juego de (y con) la vida, parafraseando el conocido bolero de Daniel Santos, hay cuatro puertas abiertas: el hospital, la cárcel, la iglesia (por si algún odontólogo estético quiere confesar algo) y el cementerio.