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174 MIL MEDIDORES NO HAN SIDO VERIFICADOS POR SEDAPAL

Un total de 174 mil medidores de agua no han sido verificados por la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL), de acuerdo al Memorándum N° 90-2023-EGCM (Programa anual de verificación periódica del 2023), afectando a miles de usuarios de este servicio indispensable, quienes no cuentan con la garantía de que los cobros realizados por esta empresa sean justos o correspondan a su consumo real.

 

Este incumplimiento pone en duda el pago del monto que establecen los recibos

De acuerdo a la Asociación de Contribuyentes este incumplimiento pone en duda el rol que cumple la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNNAS) en la fiscalización sobre Sedapal.
Este mismo documento da cuenta que solo el 10% de la meta anual determinada por esta empresa de agua potable ha sido supervisado, incumpliendo de esta manera con el Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento.
José Ignacio Beteta, presidente de la Asociación de Contribuyentes señaló que norma en mención indica en su artículo 101 “Control de operatividad y mantenimiento del parque de medidores”, lo siguiente:
a) Mantenimiento Operativo de medidores
Es responsabilidad de la empresa prestadora mantener operativos los medidores, como parte de la obligación de mantener un permanente control de calidad de los servicios que presta.
b) Frecuencia del control del parque de medidores
Todo medidor con diámetro menor o igual a 20 mm deberá pasar por una Verificación Periódica, como máximo cada cinco (5) años. Para medidores con diámetros mayores, la empresa prestadora deberá informar a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización de la SUNASS la frecuencia de la realización de la Verificación Periódica.
La Empresa prestadora deberá contar con un programa anual de verificaciones que garantice el cumplimiento de los plazos.
Esta omisión de una de sus principales funciones y obligaciones pone en riesgo la economía de miles de familias y la operatividad de más de 1.5 millones de medidores de agua instalados en Lima Metropolitana.
Es importante recalcar que la responsabilidad de la empresa prestadora es mantener operativos los medidores para lo cual deben realizar verificaciones periódicas, como máximo una vez cada cinco años.
En la actualidad Lima cuenta con un universo de un millón 574 mil 666 medidores, según catastro de conexiones activas al 31-ENE-2023 de SEDAPAL

 

Hasta la fecha sólo ha sido supervisado el 10% de la meta anual determinada por esta empresa de agua

 

La propuesta de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS), pretende imponer a los usuarios que sea SEDAPAL y las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS), las que se encarguen de evaluar la calidad de los medidores de agua, siendo a todas luces antitécnica, puesto que convierte a SEDAPAL y al resto de EPS (50 en todo el país) en “Juez y parte” de los procesos, desapareciendo a las empresas privadas independientes que desarrollan la actividad técnica y sobre todo, imparcial de verificación, contraste y fiscalización de medidores de agua.
Es por ello que esta decisión es cuestionable, cuando la propia entidad ha evidenciado en sus informes técnicos que los medidores de agua presentan irregularidades en los dos primeros años de instalación (30% en el primer año y 50% en el segundo año), pero la medida de la SUNASS va más allá pues esta propuesta de modificación a la norma eliminará la obligación de verificar todos los medidores sin distinción y además se pretende que esta supervisión sea aleatoria, es decir que sólo se aplicaría a una muestra del total de medidores instalados.
En las últimas semanas organismos como la Asociación de Contribuyentes, la Defensoría del Pueblo, el Congreso de la República, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y tres comisiones del Legislativo; la de Constitución; Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas, mostraron su preocupación ante esta irregular decisión que afectará a millones de peruanos.

Millones de usuarios verían afectada su economía y no existiría una entidad imparcial para el cobro de los consumos, por carecer de instrumentos previamente verificados y que marquen un consumo real

En este sentido permitir que las EPS realicen un servicio que actualmente es prestado por empresas privadas, violaría el Artículo 60 de la Constitución Política del Perú, donde se enfatiza que el rol del Estado es solo subsidiar la actividad empresarial, de manera directa o indirecta.
Cabe recordar que las EPS son entidades públicas y privadas que brindan servicios de agua potable, alcantarillado sanitario, tratamiento de aguas residuales para disposición final o reúso y disposición sanitaria de excretas, en las zonas urbanas.

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