OPINIÓN/ El TC restituye justicia y pone alto a manipulación ideológica en los procesos de lesa humanidad
Escribe: Julio Cesar Valdez Pomareda

Teniente General FAP
Con este fallo, el Perú da un paso hacia un sistema más justo, más profesional y, sobre todo, más honesto con su propia memoria.
![]()
La reciente decisión del Tribunal Constitucional de declarar infundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N.° 32107 marca un antes y un después en la larga y dolorosa relación entre el Estado peruano y los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional que participaron en la lucha contra el terrorismo. Esta vez, el máximo intérprete de la Constitución ha dicho con claridad algo elemental: la figura de lesa humanidad no puede aplicarse de manera retroactiva ni manipularse al margen del derecho internacional.
Este hecho constituye un hito jurídico y moral de profundo significado para el País. Después de décadas de interpretaciones erráticas, criterios discrecionales y un uso político del concepto de “lesa humanidad”, finalmente se afirma un principio básico del Estado de derecho: nadie puede ser perseguido o condenado bajo figuras jurídicas que no existían ni eran aplicables al momento de los hechos.
Se trata de un fallo que restituye justicia donde durante décadas predominó la arbitrariedad.
Una persecución sostenida por criterios ideológicos
Desde mediados de los años 90, parte del sistema judicial impulsó procesos en los que la ley dejaba de ser el marco y pasaba a ser un pretexto. Jueces y fiscales, motivados por visiones ideologizadas, construyeron imputaciones sin sustento técnico, reabrieron casos cerrados y sostuvieron acusaciones bajo conceptos que no existían al momento de los hechos.
El resultado fue evidente:
-
Procesos interminables, que superaron cualquier estándar de razonabilidad.
-
Prisiones preventivas sin justificación, usadas como sanción anticipada.
-
Reinterpretaciones forzadas de los tratados internacionales, convertidas en armas políticas.
-
Un sesgo constante que partía de la presunción (no probada), de que las Instituciones que derrotaron al terrorismo actuaron bajo una política criminal sistemática.
Durante décadas, esto derivó en una forma de persecución judicial que no solo afectó a individuos, sino a la memoria institucional de quienes, en cumplimiento de órdenes constitucionales, enfrentaron a organizaciones terroristas que buscaban destruir la República.
El fallo del TC: Un freno necesario
La decisión del Tribunal Constitucional no es un gesto político; es un anclaje jurídico. Reconoce que el derecho penal tiene límites, que la retroactividad está prohibida y que el Estado no puede usar conceptos internacionales de manera antojadiza.
Este fallo obliga a una revisión profunda:
-
Se reafirma que la lucha contra el terrorismo se dio dentro del marco constitucional de la época.
-
Se reconoce que no existió en el Perú una política de Estado orientada al exterminio, condición indispensable para el delito de lesa humanidad.
-
Se pone un alto a la manipulación conceptual utilizada para perseguir a militares y policías por hechos ocurridos hace 30 o 40 años.
No se trata de blindar a nadie; se trata de recuperar la sensatez y el respeto al debido proceso.
Responsabilidades pendientes
La pregunta ahora es inevitable:
¿Quién asume la responsabilidad por los excesos judiciales cometidos durante décadas?
Operadores del sistema de justicia, no todos, pero sí un sector influyente, actuaron con un sesgo ideológico que generó un daño profundo:
-
Se destruyeron reputaciones.
-
Se encarceló injustamente a oficiales y suboficiales que actuaron cumpliendo órdenes legítimas.
-
Se quebró la vida de familias enteras.
-
Se prolongaron procesos al límite de lo inhumano.
