OFICIALIZAN LEY QUE DISPONE EMPADRONAR A DUEÑOS DE ARMAS NO REGISTRADAS
Ya es oficial. El Parlamento promulgó hoy la Ley N° 31694 por la cual se establece el empadronamiento de todas aquellas personas que poseen armas de fuego o municiones de uso civil que no han sido registradas o no tengan tarjeta de propiedad. Para el efecto, el dispositivo legal establece una amnistía general.
Mediante la norma- que tendrá una vigencia por tres años- se precisa que el organismo encargado de realizar el correspondiente empadronamiento será la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec).
De acuerdo con el dispositivo legal, las armas de fuego sin licencia que se detecten serán internadas y solo solo podrán ser retiradas de los almacenes de la Sucamec cuando el propietario cuente con la licencia de uso de armas de fuego y con la respectiva tarjeta de propiedad a su nombre.
De igual manera, se indica que si el propietario no obtiene su licencia de uso de armas, puede vender o transferir el arma a otra persona que cuente con la licencia y la autorización respectiva.
Además se establece que la Defensoría del Pueblo participará como garante de la transparencia en el proceso de empadronamiento.