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MUNICIPALIDAD ADVIERTE: TODA ACTIVIDAD EN LA VÍA PÚBLICA DEBE CONTAR CON AUTORIZACIÓN

La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) informó que toda actividad o evento en la vía pública organizada por una persona natural o jurídica debe contar con autorización de interferencia de vías, según lo establece la Ordenanza N° 1680-2013-MML.

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A través de sus redes sociales, la comuna limeña precisó que, en caso no tenga el permiso, deberá pagar una multa que asciende a una (1) UIT vigente,sin perjuicio de la suspensión de la actividad correspondiente«.

¿Cómo obtener la autorización?

Para obtener la autorización de interferencia de vías por evento, el interesado debe solicitarlo quince (15) días hábiles de anticipación a su realización.
La solicitud debe indicar los datos personales o razón social (nombre, DNI, RUC, correo electrónico y teléfono), el plano de ubicación o croquis del lugar a interferir y la propuesta de interrupción de vías (plano de desvío), plano de detalle y distribución.
También debe realizar los pagos correspondientes: S/ 55.00 por inspección ocular  (Cód. 2044) y S/ 81.20 por interferencia de una vía (Cód. 2045).

¿Dónde se realiza el trámite?

Para realizar el trámite, debe acercarse a la Mesa de Partes del MML, ubicada en jirón Camaná Nº 564, Cercado de Lima.
Para ingresar un expediente y hacer los pagos de los derechos por autorización, puede ingresar al siguiente enlace
Cabe señalar que, si el evento se realiza en vías donde circula transporte público, también debe contar con opinión favorable de la ATU, qué será consultado por la GMU.
El cierre de vías y Plan de Desvío autorizado, deberán ser difundidas mínimo, 3 días antes del evento para conocimiento de la población.

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