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ES NECESARIO ESTABLECER LAS PAUTAS PARA LA VENTA DE EQUIPOS CON ALTA RADIACIÓN?

Por Julio Ubillus.

 

se hace indispensable establecer las pautas para la comercialización de equipos electrónicos, evitando que los niveles de radiación puedan afectar la salud de las personas.

 

En días recientes, el estado francés, y después todos los países de la Comunidad Europea, dispusieron que el IPhone 14 sea retirado del mercado; facultándose al consumidor para que trate directamente con el fabricante debido la radiación alta de este modelo.
La principal consideración es que dicho modelo supera los límites de radiación permitidos para el ser humano, de acuerdo a la opinión emitida por los expertos en medicina y biología.
Con el uso masivo de artefactos que usan energía para su funcionamiento, se produce radiación; sin embargo, su uso implica una identificación de las diferentes medidas según el tipo de radiación.
El Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) fija límites en el uso de equipo con radiación para la protección de la salud de la población que se puede ver seriamente amenazada, cuando supera las normas de seguridad para el ser humano.
Existen variedad de equipos que mayoritariamente necesitan un control a cargo de Organismos Públicos y Privados por el uso continuo y permanente, como los celulares, tabletas, televisores, hornos microondas y muchos más, por el uso de aparatos que necesitan de electricidad para funcionar con la consiguiente radiación.
Estas regulaciones alcanzan a la radiación de nuestra vida diaria, protección radiológica de trabajadores, protección radiológica del público, protección radiológica a los pacientes, protección radiológica del medio ambiente y protección de la ciencia nuclear
Estados Unidos y los países que forman parte de la Comunidad Europea, utilizan la escala conocida como SAR (que significa Tasa de Absorción de Energía) proporcional en forma clara para constatar que estas radicaciones sean controladas y adecuadas a las reglas de seguridad establecidas por la OIEA, ONU, OMS y otras instituciones cuya razón de ser, es prevenir los daños de toda naturaleza producidos por el exceso de radiación.
¿Y EL PERÚ?
En nuestro país no existen normas reguladas por los organismos públicos y no se sabe a ciencia cierta si existe un control obligatorio que tenga como fundamento en la Constitución Política así como la Ley General de Salud, con el deber del Estado de cautelar la salud pública.
Por ello, se hace indispensable establecer las pautas para la comercialización de equipos electrónicos, evitando que los niveles de radiación puedan afectar la salud de las personas. Se deben expedir las normas apropiadas desde el Congreso de la República, ampliando las facultades de los organismos reguladores y del Código del Consumidor.
El precepto inmediato en toda transacción comercial de equipos debe ser la obligación de la venta informada de los aparatos que generen radiación, para los efectos de que el consumidor tenga conocimiento y decisión de lo que está comprando.

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