Con 12 votos a favor y 5 en contra, la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, que dirige el congresista César Revilla Villanueva, aprobó el dictamen que propone modificar la Ley 27056, referida a la creación del Seguro Social, donde se plantea que el presidente ejecutivo del Consejo Directivo de EsSalud sea elegido entre sus 9 miembros.
dictamen fue aprobado en la Comisión de Economía
Además, la iniciativa, planteada por el congresista Alejandro Cavero, destaca que el nuevo titular del Seguro Social deberá contar con formación superior completa, así como ocho años de experiencia laboral general, ya sea en el sector público o privado; y, cinco años de experiencia específica en cargos o puestos de directivo o de nivel jerárquico similar.
“Las organizaciones de empleadores y asegurados, mediante comunicación de fecha cierta, hacen conocer al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la designación de sus representantes elegidos conforme con el reglamento de la presente ley, quienes formalizan su designación mediante resolución ministerial”, se detalla en la propuesta.
Entre las competencias del Consejo Directivo se encuentra la de designar y remover en el cargo al gerente general, quien ejerce como secretario en las sesiones del Consejo Directivo. Asimismo, deberá aprobar y modificar el Manual de Perfil de Puestos del EsSalud, así como aprobar y modificar el Reglamento de Organización y Funciones.
Se acota que la posibilidad de una vacancia de los integrantes del Consejo Directivo y del presidente ejecutivo del Seguro Social deberá ser formalizada por una resolución suprema refrendada por el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Entre las causales se encuentran: el fallecimiento, incapacidad física o mental permanente, condena por delito doloso mediante sentencia firme, entre otros.
Durante la exposición de Revilla se destacó que el gerente general de EsSalud deberá contar con ocho años de experiencia general en el sector público o privado.
«La experiencia específica debe haber sido desarrollada en entidades de salud o en aquellas cuyas actividades estén relacionadas con la actividad prestadora o aseguradora”, acotó.