El proyecto de ley aún nonato, ni presentado, pero anunciado por la bancada Renovación Popular, a la cabeza del Almirante Montoya, que pretende “reorganizar” el Ministerio Público, cesar de sus funciones a los actuales fiscales supremos y establecer un régimen de transición, es frontalmente inconstitucional.
En primer lugar, porque la Constitución hace expresa una reserva de Ley Orgánica para la vida del Ministerio Público, que es una entidad autónoma constitucional; por lo tanto, su regulación institucional solamente se puede hacer por Ley Orgánica, o por una modificación de la Ley Orgánica en vigencia, no por una ley ordinaria, como pretendería hacer el proyecto.
En segundo lugar, aun si se modificase la Ley Orgánica, igual sería un claro acto de legislación inconstitucional, porque no se puede “cesar por ley” a fiscales que han sido nombrados por la Junta Nacional de Justicia, o en su día por el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a la previsión constitucional, que ya cuentan con un título válidamente ganado y un derecho adquirido que no puede ser suprimido por acto de ley. En tal sentido, solo pueden concluir su carrera: (i) por exceder el límite de edad en el cargo, (ii) por renuncia, (iii) por destitución previo proceso conforme a ley y al debido proceso dispuesto por autoridad competente, o, (iv) por la no ratificación de la Junta Nacional de Justicia.
En ningún caso el sistema jurídico prevé que alguien pueda ser cesado en su cargo, en su rango o en su título por ley del Congreso.
Eso, en consecuencia, no es más que un absoluto desbarro jurídico constitucional (y un evidente error político) que no presenta viabilidad alguna. ¿Y la seguridad jurídica? ¿Y la institucionalidad? ¿Y la estabilidad de las instituciones constitucionales?
Es como si se quisiese disponer la reorganización de la Fuerzas Armadas por ley, y por esa misma ley cesar y pasar al retiro en automático a todos los Generales de Brigada y División, o a todos los Almirantes y Contraalmirantes, con el fin de “regenerar” las Fuerzas Armadas. Eso tampoco se podría hacer ni sería constitucional.
Este proyecto, en verdad, expresa una situación preocupante a nivel nacional en cuanto a la grave situación del sistema de administración de justicia, en particular del Ministerio Público, lo que claramente es comprensible; pero no son estas las soluciones, que no solo nos hacen recordar a las épocas de Velasco Alvarado, en los años setenta, o de Alberto Fujimori, en los años noventa, en donde se cesaron a Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público por meros “decreto ley”, y por esa misma vía se dispuso su “reorganización”.
Es un Déja Vú. No hace otra cosa que manifestar la indudable tentación totalitaria para reformar por ley una institución constitucional, abandonando la institucionalidad constitucional. Un evidente contrasentido entrados ya en el primer quinto del Siglo XXI.