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ABOGADOS Y CLIENTES

Antaño, en el uso forense y el bien hacer, era imposible que un abogado declarara públicamente contra un cliente y, al mismo tiempo, era igualmente inimaginable que un abogado hablara mal de su excliente. Los códigos de ética y los códigos de conducta del ejercicio de la profesión impedían que esto ocurriera, de tal manera que la relación cliente-abogado era una relación privilegiada, sagrada, porque está basada fundamentalmente en el derecho de defensa y en el secreto profesional, que son simultáneamente derechos humanos y garantías constitucionales de la administración de justicia, también reconocidas por el Pacto de San José.

La sociedad ha decrecido en el respeto a los derechos fundamentales, sobre todo, en el  derecho a  la defensa.  La gente sigue aplaudiendo a rabiar las detenciones que se prodigan de la manera más fácil posible, y, al mismo tiempo, deploran las libertades que se concede por el mismo Poder Judicial. 

 

Hoy, sin embargo, ya entrados en el segundo quinto del Siglo XXI los tiempos han cambiado.  La tecnología nos ha invadido y a la masificación de la comunicación también.  Y así, los códigos de conducta de abogados y clientes se han ido relajando, lamentablemente.

Ahora es posible observar a abogados que declaran contra sus clientes, abogados que hablan mal de sus exclientes, abogados que cuentan los pormenores de los casos de sus exclientes violando el secreto profesional y la relación de íntima confianza que alguna vez los unió.  Y algunos abogados que se ufanan por haber defendido a varios altos funcionarios de la República, casi todos ellos posteriormente encarcelados y/o condenados durante su defensa.

Pero claro, no interesa el resultado, interesa la figuración, la participación en la opinión pública y el ser considerado “líder de opinión”, aun cuando esto cueste traerse abajo el código de conducta ética del abogado.

No por nada, entonces, la opinión pública tiene una baja impresión del ejercicio de la abogacía y no por nada el Colegio de Abogados de Lima, en particular, ha decaído a los niveles más bajos de su historia. Por más que se quiera hacer una “reingeniería” del Colegio de Abogados de Lima, este ya no tiene la prosapia, ni la presencia, ni la trascendencia político-social o jurídica de antaño.  También en eso se ha decaído notoriamente.

Ahora observamos como exabogados de altos funcionarios se pasean por los sets de televisión contando los pormenores de sus exclientes, violando claramente el deber de lealtad y del secreto profesional respecto de los casos que han conocido, y juzgando públicamente a sus exclientes. También vemos cómo algunos abogados declaran contra sus expatrocinados y se convierten en “testigos de cargo”.  También vemos como clientes y exclientes declaran contra sus abogados, informando aquello que ha sido dado bajo el secreto profesional o bajo la relación de confianza extrema, que implica que una persona decida poner sus derechos, su vida, su honra, su patrimonio, su familia o su libertad en manos de la defensa de un profesional del derecho.

La sociedad ha decrecido en el respeto a los derechos fundamentales, sobre todo, en el  derecho a  la defensa.  La gente sigue aplaudiendo a rabiar las detenciones que se prodigan de la manera más fácil posible, y, al mismo tiempo, deploran las libertades que se concede por el mismo Poder Judicial.

Por ejemplo, cuando el Poder Judicial decreta una prisión preventiva, la opinión pública da por sentada la responsabilidad y aplaude, y les parece que eso hay que cumplirlo porque es una “orden judicial” que es una muestra de la independencia  y la fortaleza del sistema judicial.  Pero cuando ese mismo Poder Judicial, con otra orden de jerarquías superiores, determina la liberación de esa persona, eso  parece muy mal y no es digno de aplausos,  ya que casi siempre es como una mala noticia: “pucha, el Poder Judicial los ha liberado”.

vamos a un desbarro institucional. En lo político, en lo judicial, en lo ético y, sobre todo, en el respeto de los derechos fundamentales

Entonces, vemos cómo el estándar de un derecho tan trascendente como el derecho a la defensa, o la libertad de una persona para no estar detenida indebidamente cuando puede afrontar el juicio en plena libertad bajo la reglas que el sistema impone, se tiene una doble trascendencia, un doble comportamiento, en la llamada “escopeta de los dos cañones”.

Así, poco vamos hacer para construir una sociedad justa, digna, equitativa y, ciertamente, una sociedad institucional. Estamos casi al borde de la “ley de la selva”, donde se impone la fuerza, donde no se imponen las razones, sino la conveniencia, y donde las reglas se van creando en el camino “al gusto del cliente”, en el mejor sentido de la expresión.

Ya no rigen las reglas predeterminadas, ni la competencia de las autoridades judiciales predeterminadas por la ley, estas reglas se van haciendo en el camino y las competencias judiciales se van alterando en el camino a conveniencia de los actores político-judiciales que hoy día aparecen dominando la escena política de nuestra sociedad.

Es evidente que vamos a un desbarro institucional. En lo político, en lo judicial, en lo ético y, sobre todo, en el respeto de los derechos fundamentales esenciales en una sociedad verdaderamente democrática basada en el respeto a la Constitución y a las instituciones constitucionales.

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