OPNIÓN/ Incumplen resoluciones de Indecopi ¿qué hará?
Escribe: Ricardo Sánchez Serra

Han transcurrido cerca de tres años que un inversionista privado no puede construir un hotel de cuatro estrellas en la avenida Cavenecia, una zona que no es residencial en el distrito de San Isidro.
La Municipalidad de Lima, mediante la Ordenanza (N° 1328), restringía la construcción de hoteles de cuatro y cinco estrellas solo a las avenidas Javier Prado y Arequipa de su jurisdicción. Esta norma fue declarada “barrera burocrática” irrazonable ya que limitaba la competencia y afectaba la inversión en el sector hotelero, por el tribunal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). Tanto la comuna de San Isidro, como la de Lima Metropolitana, violan el DL 1256, Ley Antibarreras.
Para defenderse no se puede esgrimir una Ordenanza, en este caso, la N° 1328, que ha sido objetada por Indecopi como “barrera burocrática”, por tanto, inválida e inaplicable.
Para ilustración del lector, en esa avenida, que comparte Miraflores y San Isidro hay toda clase de actividades de negocios como una conocida cadena de supermercados, restaurantes, etc.
De acuerdo a las disposiciones vigentes el inversionista presenta un expediente de edificación a la Municipalidad y se constituyen diversas comisiones técnicas -interviniendo el Colegio de Arquitectos- encargada de la evaluación de la solicitud, aprobando el anteproyecto en consulta, casi un año después.

Trabas y más trabas
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