A SU CASA: Autoridad de Control del Ministerio Público apartó del cargo a fiscal Pérez
La Autoridad Nacional de Control (ANC) del Ministerio Publico (MP) resolvió ayer apartar a José Domingo Pérez de su cargo como fiscal provincial del Primer Despacho del Equipo Especial de Fiscales para los casos Odebrecht y Lava Jato por el plazo de seis meses.
se pretende evitar que Domingo Pérez realice otros actos que repitan las conductas imputadas.
Se aplica la medida cautelar de apartamiento preventivo contra el cuestionado Pérez Gómez por el plazo de seis meses contados a partir de recibida la notificación, precisa la resolución emitida por la ANC del Ministerio Público, a cargo de José Fernández Jerí, difundida en diferentes medios de comunicación.
En consecuencia, se indica, José Domingo Pérez está impedido de ejercer durante ese periodo las atribuciones propias de la condición de fiscal provincial establecidas en la Ley Orgánica del Ministerio Público y cualquier otra inherentes a dicho cargo.
El apartamiento preventivo es parte del procedimiento disciplinario seguido de oficio contra el magistrado por presuntas infracciones administrativas contenidas en el numeral 5) del artículo 47° de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal.
La medida cautelar está relacionada a la inclusión del abogado Arsenio Oré Guardia en el caso Cócteles como presunto autor del delito de obstrucción a la justicia.


Idoneidad «afectada»

Al respecto, desde la Autoridad Nacional de Control indicaron que el procedimiento disciplinario contra el Pérez Gómez se da por una afectación a su idoneidad para permanecer en el cargo, ello debido a que “actuó en un proceso a sabiendas que se encontraba impedido de hacerlo”.
“En razón de haber incluido al abogado Arsenio Oré Guardia, en la investigación N° 55-2017, como presunto autor del delito de obstrucción a la justicia, cuando se incurrió en el supuesto hecho dentro de la investigación que ya se venía conociendo con antelación, situación que debió hacer previsto para inhibirse del mismo; y no obstante se le solicitó tal inhibición, aun así continuó avocándose al caso por un periodo de 5 años y 3 meses aproximadamente, contraviniendo lo previsto en el artículo 61.4° del Código Procesal Penal; cuya reiteración se trata de evitar”, señalaron.
Señalan que con esta medida se pretende evitar que Domingo Pérez realice otros actos que repitan las conductas imputadas. Asimismo, precisan que al ser apartado se le limita provisionalmente de su derecho al trabajo, pues no podrá realizar ninguna labor propia de la función como fiscal provincial, con lo que se debe entender en sentido limitado y restrictivo a la vinculación con el Ministerio Público.
Indicaron también que con esta medida se pretende evitar que Domingo Pérez realice otros actos que repitan las conductas imputadas. Asimismo, precisan que al ser apartado se le limita provisionalmente de su derecho al trabajo, pues no podrá realizar ninguna labor propia de la función como fiscal provincial, que se debe entender en sentido limitado y restrictivo a la vinculación con el Ministerio Público y aseguran de esta forma se tiene certeza que no continuarán acciones que perjudiquen a la institución.