ACTAS DEL CONSEJO DE MINISTROS SERÁN PUBLICADAS 24 HORAS DESPUÉS DE LAS SESIONES
Adiós al secretismo. La Comisión de Descentralización del Congreso aprobó un proyecto de ley por el cual se establece la obligatoriedad de difundir las actas aprobadas por el Consejo de Ministros, 24 horas después de haberse efectuado la sesión correspondiente.
La iniciativa legislativa -que fue presentada por el congresista José Luis Elías de Podemos Perú- establece la modificación del artículo 15 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (Ley 29158), consignando la obligación de que tanto las agendas como las actas de las sesiones del Gabinete Ministerial deben ser publicadas en el Portal de Transparencia del Estado.
Se precisa que estarán exentos de dicha difusión pública “los asuntos de inteligencia, orden interno, seguridad nacional, u otra información considerada secreta, confidencial o reservada, de acuerdo a la ley de la materia”.
“El presidente del Consejo de Ministros asume la responsabilidad política ante el incumplimiento de publicación de las agendas y las actas de las sesiones del Consejo de Ministros”, establece el proyecto de ley.
El proyecto de ley incluye una disposición complementaria transitoria por la cual se indica que las actas del Consejo de Ministros, que fueron aprobadas con anterioridad a la eventual puesta en vigencia de esta propuesta, deberán ser publicadas en los 30 días posteriores a la promulgación de la ley.
La presidenta de la Comisión de Descentralización, Diana Gonzales (Avanza País), dijo que el referido dictamen está dirigido a fortalecer la transparencia, en la medida que la ciudadanía podrá acceder a toda la información que se genere desde el Consejo de Ministros.