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CASO FUJIMORI: EL PERÚ DEFENDIÓ EL ESTADO DE DERECHO ANTE LA CORTE IDH

A fines del año 2023, el Tribunal Constitucional de la República (TC) decidió restablecer el imperio de la Constitución Política, del Estado de derecho, frente a las posiciones arbitrarias de la Corte IDH con respecto al caso del expresidente Alberto Fujimori. El propio TC ejecutó el habeas corpus que se había concedido al exmandatario y ordenó su libertad. Con esta decisión, de una u otra manera, se estableció un parteaguas en las relaciones entre el Estado peruano, entre la democracia peruana, y el sistema jurídico interamericano, extremadamente ideologizado por el control de las corrientes progresistas de izquierda.

Se recupera la Constitución y los principios del Pacto de San José

 

Como todos sabemos, el expresidente Pedro Pablo Kuczynski, en pleno ejercicio de sus facultades constitucionales, otorgó un indulto humanitario a Fujimori, pero en un acto que violaba los principios fundacionales del Pacto de San José de Costa Rica, los miembros de la Corte IDH ordenaron que no se ejecutara la gracia presidencial. El sistema de justicia del país acató la decisión de la corte internacional y, de esta manera, la Convención Americana de Derechos Humanos, que había surgido para proteger los DD.HH. de las personas frente a los estados, se convirtió en una herramienta para bloquear el ejercicio de un indulto presidencial que liberaba un anciano con una enfermedad terminal, y que había cumplido más de dos tercios de su sentencia.
Bajo criterios que no resisten el menor análisis jurídico, los miembros de la Corte IDH arguyeron que la libertad de Fujimori no se podía ejecutar por el desarrollo de las supervisiones de sentencia del sistema interamericano, sobre todo en los casos de la Cantuta y de Barrios Altos. Vale señalar que ambas sentencias, de tres décadas atrás, se habían cumplido a cabalidad e, incluso se habían otorgado las indemnizaciones respectivas a los familiares de las víctimas. Por otro lado, el criterio de la supervisión de sentencias establecido en la Convención Americana tenía que ver con el respeto de los estados al Pacto de San José y, generalmente, se desarrollaba ante la Asamblea General de la OEA.
Todos los criterios de la Corte IDH para bloquear la libertad de Fujimori se basaron en interpretaciones arbitrarias e ideológicas y, en determinados momentos nos recordaron los momentos más tenebrosos de la judicialización del sistema soviético en contra de los opositores del estalinismo. En este contexto, la Corte IDH declaró hace poco en desacato al país por ratificar la libertad de Fujimori, pero el Estado peruano prosiguió adelante e hizo respetar el Estado de derecho y la libertad del exmandatario. La Corte IDH no podía erigirse en una cuarta instancia del sistema de justicia y constitucional del país.
Vale recordar que el indulto humanitario fue otorgado por un jefe de Estado constitucional y luego fue ratificado por el Tribunal Constitucional en base a lo establecido en la Constitución Política del Perú. Por otro lado, para oponerse a la libertad de Fujimori y la ejecución del habeas corpus a su favor, la Corte IDH argumentó que la sentencia contra el exmandatario establecía delitos de lesa humanidad, no obstante que el momento de dictarse la misma no existía semejante tipicidad en nuestra legislación penal. Los delitos de lesa humanidad recién se incorporaron a nuestra legislación a inicios del nuevo milenio con la firma del Tratado de Roma.

el Estado del Perú, a nuestro entender, ha recuperado el sistema constitucional y ha detenido las tendencias arbitrarias que promueven la judicialización de la política

La posición e interpretaciones de la Corte IDH, entonces, hacía añicos el Estado de derecho, la Constitución y volaba por los aires el principio de legalidad de cualquier sistema democrático. Es decir, el principio acerca de que no existe pena ni delito sin ley penal previa. De alguna manera, los miembros de la Corte nos señalaban que no importaba la Constitución ni las leyes penales cuando se trataba de los enemigos de las izquierdas latinoamericanas. El llamado convencionalismo era un mundo tan ancho y ajeno para las interpretaciones de la izquierda que las sentencias, las constituciones y las leyes tenían un intérprete final: los miembros ideologizados del sistema interamericano.
Con la decisión de hacer respetar el Estado de derecho y la libertad de Fujimori, el Estado del Perú, a nuestro entender, ha recuperado el sistema constitucional y ha detenido las tendencias arbitrarias que promueven la judicialización de la política y que, precisamente, se basan en intentos absolutos de relativizar los principios de la Constitución y las prescripciones establecidas en la legislación penal.

TOMADO DE: El Montonero

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