El Ministerio del Interior aprobó la conformación de un grupo especial encargado de elaborar un informe que contenga el diagnóstico del régimen de salud de la Policía Nacional del Perú (PNP) y alternativas de solución para la mejora en la atención de sus beneficiarios.
Según la Resolución Ministerial Nº 0591-2023-IN, publicada este domingo en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el grupo estará conformado por los siguientes integrantes:
Un/a representante del Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior, quien lo preside.
Un/a representante del Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior.
Un/a representante del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública del Ministerio del Interior.
Un/a representante de la Secretaría General del Ministerio del Interior.
Un/a representante del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú (SALUDPOL).
Un/a representante de la Oficina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior.
Un/a representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior.
Un/a representante del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú.
Un/a representante de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú.
Un/a representante de la Dirección de Sanidad Policial de la Policía Nacional del Perú.
Un/a representante de la Dirección de Administración de la Policía Nacional del Perú.
Un/a representante de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú.
El referido grupo especial podrá realizar las coordinaciones y acciones necesarias, así como solicitar información y documentación a los órganos e instituciones competentes para conocer la situación del régimen de salud de la PNP y alcanzar alternativas de solución al respecto.
La organización también podrá invitar a representantes de otras entidades públicas, así como a especialistas de instituciones privadas y de la sociedad civil, a fin de que brinden su colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aportes
La norma precisa que el grupo se instalará en un plazo máximo de 2 días hábiles posteriores a su fecha de publicación en El Peruano.
Su periodo de vigencia será de 20 días hábiles contados a partir de su instalación. Al término de dicho periodo, se presentará al titular del Mininter el informe referido.