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CONGRESO: PLANTEAN DEROGAR LEY 32108 SOBRE CRIMEN ORGANIZADO

Mediante una iniciativa legislativa que busca la derogatoria de la norma 32108 (que modificó varios aspectos importantes de la ley sobre crimen organizado), el Congreso de la República tendría como objetivo dar una respuesta satisfactoria a quienes han venido demandando la eliminación de este dispositivo legal, entre los que se incluyen el gremio de transportistas actualmente azolado por las extorsiones.

Al respecto, el Roberto Sánchez (Juntos por el Perú) presentó ayer un proyecto de ley por el cual se plantea la inmediata derogatoria de la cuestionada ley, que ha sido objetada principalmente por el Colegio de Abogados de Lima, al establecer que la misma daría un “entorno favorable” a las extorsiones, entre otros delitos.

Al respecto, el congresista Sánchez indicó que mediante su proyecto de ley propone, más bien, endurecer las penas y reforzar la seguridad ciudadana. “¡Es tiempo de actuar con firmeza!” posteó en su cuenta oficial en X.

Tras considerar que la Ley 32108 “limita la lucha contra el crimen organizado”, dijo que su propuesta de ley tiene como objetivo propiciar la adopción de medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares, “a fin de determinar las características concurrentes para la tipicidad de una organización criminal y establecer medida para combatir la delincuencia”.

LOS CUESTIONAMIENTOS

La Comisión Permanente del Congreso aprobó (en el mes de julio de este año) en segunda votación, el dictamen que propone modificar el Código Penal, la ley contra el crimen organizado y la ley de procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares.

Mediante la misma, se cambia la definición de organización criminal y obliga a que los allanamientos se realicen con presencia del involucrado y su abogado, con lo cual se afectaría el factor sorpresa.

Así, el citado dispositivo legal considera como organización criminal “a todo grupo con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa, conformado por tres o más personas que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles para la comisión de delitos sancionados con más de seis años de cárcel, con el fin de obtener, directa o indirectamente, el control de la cadena de valor de una economía o mercado ilegal, para obtener un beneficio económico”.

Los expertos han advertido que esa norma favorecería a las organizaciones criminales, ya que además excluye 59 tipos penales de los 91 que comprendía la norma anterior.

Según se explicó fueron excluidos los delitos informáticos, estafa agravada, tráfico de productos pirotécnicos, tala ilegal, tortura simple, marcaje no agravado, concusión, colusión simple, peculado, cohecho pasivo simple, soborno internacional pasivo, cohecho pasivo propio, negociación incompatible, enriquecimiento ilícito básico, tráfico de influencias y falsificación de documentos.

También se excluye al tráfico de órganos y tejidos, tráfico ilícito de migrantes, tráfico ilegal de datos personales, entre otros. Esto significa que los autores de estos hechos delictivos ya no podrán ser investigados y procesados en el marco del delito de organización criminal, entre otros.

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