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ENTRE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE Y EL «CONSTITUCIONALISMO PROGRESISTA»

Frente a la decisión de la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima –que ordena suspender la investigación de la comisión de Justicia del Legislativo contra los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ)– y la decisión de los miembros de la JNJ de no presentarse a ejercer su defensa ante el pleno del Legislativo, el Congreso postergó la sesión en la que se iba a decidir sobre la investigación. 

Las dos amenazas al sistema democrático y el equilibrio de poderes

 

El procurador del Legislativo apeló la decisión de la Tercera Sala y solicitó una acción de observación ante el Tribunal Constitucional (TC) –precisión sobre la aplicación en el caso– sobre una reciente sentencia que establece que no se puede tramitar amparos en contra las funciones exclusivas y excluyentes del Congreso. Y finalmente, el Ministerio Público inició una investigación preliminar por supuestos abusos de autoridad y prevaricato en contra de los miembros de la Tercera Sala. De pronto, todas las instituciones republicanas estaban tensadas alrededor de un supuesto conflicto de poderes y todo asemejaba a una guerra institucional.
Sin embargo, a nuestro entender se trata de una impresión superficial. Consideramos que la Tercera Sala nunca debió amparar la solicitud de los miembros de la JNJ porque existía una sentencia firme del TC que señala que no existen amparos en contra de las funciones exclusivas y excluyentes del Congreso. Y es incuestionable que la facultad de remover por falta grave, con el voto de dos tercios de los legisladores, a los miembros de la JNJ está prescrita de manera taxativa en el texto constitucional. La decisión de la Tercera Sala, pues, es una abiertamente en contra de la Constitución y una clara sentencia del TC, y la investigación preliminar del Ministerio Público en contra de los magistrados de la mencionada corte no parece arbitraria.
¿Cuál es el nudo de este enredo constitucional? A nuestro entender el “constitucionalismo progresista”, que las corrientes progresistas y neomarxistas suelen desarrollar, se caracteriza por relativizar todos los conceptos constitucionales hasta convertir a la Constitución en letra muerta. Por ejemplo, la Constitución establece con absoluta claridad que los miembros de la JNJ solo ejercen entre los 45 y 75 años, pero el constitucionalismo progresista se atreve a sostener que se trata de la edad para postular al cargo. Igualmente, la Constitución establece que el Tribunal Constitucional es el máximo intérprete de la justicia constitucional concentrada, pero el constitucionalismo progresista sostiene que un organismo administrativo, dependiente del Ejecutivo (Servir) puede interpretar el texto constitucional sobre la edad de los miembros de la JNJ.
Luego del gobierno de Pedro Castillo y del proyecto de la asamblea constituyente y las nacionalizaciones, queda en absoluta evidencia que tan nocivo como el proyecto bolivariano de instalar una constituyente es el llamado constitucionalismo progresista, que pretende relativizar los preceptos constitucionales en base a movilizaciones mediáticas. El asunto llega a tal extremo que un sector sostiene que si el Congreso no acata la decisión anticonstitucional de los jueces de la Tercera Sala estaríamos ante un eventual golpe de Estado.
El constitucionalismo progresista ha llegado a justificar los dos últimos golpes de Estado, y ha intentado envolverlos en un ropaje constitucional. Martín Vizcarra cerró el Congreso invocando “una supuesta denegación fáctica de confianza” – el Congreso elegía a los miembros del TC, una función exclusiva y excluyente–, una figura que no existe en la Constitución y no podría existir. Un golpe basado en el apoyo circunstancial de una mayoría y el respaldo militar pretendió pasar por constitucional. Igualmente, el golpe de masas en contra del gobierno constitucional de Manuel Merino, que entronizó a minorías electorales absolutas en el Ejecutivo y el Congreso, también se presenta como un proceso constitucional.
El progresismo y las corrientes neomarxistas no solo se proponen gobernar sin ganar elecciones ni organizarse en partidos, sino también intentan desarrollar su propia doctrina constitucional, con gran apoyo mediático. De esta manera, la Constitución no existe porque está sujeta a las construcciones verbales de acuerdo a las coyunturas, a la estrategias de poder para controlar las instituciones, y al nivel de respaldo mediático.
Como se aprecia con absoluta claridad, el sistema republicano tiene dos enemigos centrales: el constitucionalismo soviético de la constituyente y el progresismo constitucionalista con gran respaldo mediático.
TOMADO DE: El Montonero

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