El Ministerio Público de Perú presentó dos demandas de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) tras la aprobación de dos leyes que «interfieren con la independencia de la labor fiscal», anunció ayer, lunes, la fiscal de la Nación, Delia Espinoza.
debilitan el marco normativo que sustenta la persecución de delitos tan graves como los de lesa humanidad o crímenes de guerra, protegidos por los instrumentos internacionales
«Como todos sabemos, se han venido aprobando diversas leyes que sin duda alguna interfieren con la independencia de la labor fiscal, comprometiendo gravemente la autonomía del Ministerio Público», dijo Espinoza en la ceremonia del inicio del Año Fiscal 2025.
Por esta razón, indicó que con la facultad que le otorga la Constitución, el pasado 20 de diciembre presentó dos demandas de inconstitucionalidad ante el TC, en defensa de los principios que rigen la labor fiscal y sus atribuciones, «que son esenciales para garantizar una justicia independiente y eficaz».
Sostuvo que una de las demandas es acerca de la Ley 32107, que precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana.
«Esta ley introduce disposiciones que, a juicio del Ministerio Público, debilitan el marco normativo que sustenta la persecución de delitos tan graves como los de lesa humanidad o crímenes de guerra, protegidos por los instrumentos internacionales en el ámbito del derecho penal internacional y humanitario», señaló.
Expuso que la acción constitucional busca asegurar que estas disposiciones no limiten la capacidad de la Fiscalía para actuar de manera contundente frente a estas violaciones de derechos fundamentales.
La otra demanda presentada ante el TC es por la Ley 32130, que fortalece la investigación del delito como función de la Policía Nacional de Perú (PNP) y agiliza los procesos penales.
«Esta norma plantea modificaciones que afectan la autonomía funcional del Ministerio Público como persecutor y conductor excluyente y exclusivo en la investigación del delito, tal como lo señala claramente el artículo 159, numeral 4 de nuestra Constitución«, declaró.
Espinoza aseguró que es evidente que enfrentan una campaña masiva de promulgación de leyes que son «arbitrarias e inconstitucionales»,y atentan contra las funciones del Ministerio Público.
En este sentido, nombró otros ejemplos de leyes aprobadas este año por el Congreso que debilitan la acción fiscal, como la Ley 31990, que recorta los plazos de corroboración de la información brindada por los colaboradores eficaces.
Además, la Ley 31751, que modifica la suspensión del plazo de prescripción y que «peligrosamente» recorta los plazos, favoreciendo la criminalidad, pues impide seguir persiguiendo los «delitos de altísima gravedad».
También criticó la Ley 32108, que incluye la tipificación de las organizaciones criminalesy que, en su opinión, dificulta la labor fiscal para identificar y sancionar a grupos que cometen dichas actividades delictivas, generando impunidad.