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LEY SOTO

Escribe: Julio Ubillus Soriano

 

Realmente, la promulgación de este dispositivo que favoreció a Alejandro Soto Reyes, tuvo nombres propios

 

La Constitución en el art. 103, específicamente señala que se pueden expedir leyes conforme a la naturaleza de las cosas, pero no por razón de la diferencia de persona; dicho artículo finaliza en su texto constitucional que no se ampara el abuso de derecho. El Congreso de la República en segunda votación reafirma la vigencia de la ley 31751, que reduce el plazo de prescripción de los procesos penales a un año, cuando se encuentra la investigación en Despacho Fiscal.

Esta norma, además de tener nombres propios, violenta principios constitucionales y trajo como consecuencia la finalización de miles de procesos a nivel nacional, liberándose con la aplicación de este dispositivo a gran cantidad de procesados penalmente, y con otro tanto de liberación de sentenciados por el postulado de la retroactividad de la norma en cuanto favorezca al reo.

Realmente, la promulgación de este dispositivo que favoreció a Alejandro Soto Reyes, tuvo nombres propios, quien como Presidente del Congreso para el período 23-24, auspicio como máximo representante del Poder Legislativo, la inconstitucional ley 31751, que inmediatamente le sirvió para archivar causas propias administrativas y penales, que se venían diligenciando en la Corte Superior de Justicia de Cusco. La votación mayoritaria que obtuvo este proyecto de ley se explica con el espontáneo apoyo de la bancada mayoritaria del Congreso de 50 congresistas aproximadamente, investigados por una serie de delitos, donde vieron la gran oportunidad de verse favorecidos más adelante con la inusual ley de prescripción 31751.

El Poder Judicial, como poder del Estado, en un Acuerdo Plenario Supremo, en defensa de la Legalidad Constitucional, con facultades de iniciativa legislativa, con los conocimientos y experiencia, en forma inmediata la declararon inconstitucional, en atención a que la aplicación de esta espuria ley 31751, libraría probamente a miles de procesados, no solamente afectando al procedimiento ordinario, sino que también en la prescripción del levantamiento del antejuicio político, extradición, formalización de investigación preparatoria y otros actos procesales de naturaleza penal; ocasionando además graves consecuencias en la lucha contra la criminalidad, al aumentar la delincuencia, especialmente la de sangre, sobre la inseguridad ciudadana.

Finalmente, la única medida factible, es la decisión de los jueces de desconocer el mandato de este Congreso, y en la aplicación individual de esta norma, resolver declarando inaplicable por los criterios expresados; pasando a ser una arbitrariedad de quienes se sirven del poder para temas personales sin interesarles las consecuencias de sus actos.

3 thoughts on “LEY SOTO

  • Juan BENNVENUTTO Navarro

    Tal como esta explicado, clara y técnicamente comprensible me permite estar plenamente de acuerdo con lo expresado por el Dr Ubillus.
    Nuevamente se pone en evidencia que el poder legislativo no legisla para el bien común por el contrario lo hacen para el bien personal que es una forma de corrupción

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  • Totalmente de acuerdo, es la ley a favor de la impunidad en toda su extensión. Todos quienes estamos en el mundo del derecho sabemos que las investigaciones en fiscalía muy rara vez duran menos de un año. Que eso tambien atenta contra los derechos de los procesados que están años internos, sí es cierto. Pero más lesiona los derechos de los peruanos de poder tener justicia contra los “padres de la patria” investigados y aún los sentenciados a quienes se les encontró elementos de convicción de sus faltas o delitos. Es una falta total de conciencia y verguenza. Solo queda que la Fiscalía acelere sus investigaciones en adelante, acorte plazos, si se quiere dar la contra de alguna manera.

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    • E. Zúñiga

      Esa ley es anticonstitucional al no medir la gravedad de los casos a juzgar de distintas maneras según como estipulan las leyes. Es una vergüenza que se haya aprobado solamente para favorecer intereses personales de muchos congresistas. El poder judicial debería oponerse a tal infame atropello que sólo demuestra la corrupción de los que nos gobiernan que ahora saldrán libres de polvo y paja de todos sus juicios.

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