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OSIPTEL ESTABLECE TOPE TARIFARIO PARA REACTIVAR SERVICIO TELEFÓNICO SUSPENDIDO

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) estableció los topes tarifarios que deberán ser aplicados en el caso de la reactivación de los servicios telefónicos suspendidos temporalmente tanto por solicitud del cliente como en el caso de los cortes efectuados por las operadoras por diversas razones.

De acuerdo con la Resolución de Consejo Directivo N.° 00217-2024-CD/OSIPTEL, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, el valor de las tarifas tope para las prestaciones señaladas será de 3.88 soles (sin IGV) lo que implica una reducción tarifaria de entre 50% y 80%, con respecto a las tarifas que actualmente vienen cobrando las operadoras por reconexión. Al respecto, se precisa que las nuevas tarifas tope por reactivación entrarán en vigencia el 1 de enero de 2025.

De acuerdo con el dispositivo legal, la intervención regulatoria alcanza a los servicios móviles, de telefonía fija, de acceso a Internet fijo y televisión de paga de Movistar y Claro; los servicios móviles de Entel y Bitel; el servicio de acceso a internet fijo de Wow y Win; y el servicio de televisión de paga de Directv.

“Las empresas operadoras antes señaladas podrán establecer libremente los valores de las tarifas por las prestaciones mencionadas sin exceder las tarifas tope establecidas. Asimismo, estas tarifas también son aplicables a la reactivación de los servicios empaquetados, siempre que en ellos se incluya al menos uno de los servicios para los cuales alcanza la regulación”, indicó la agencia de noticias Andina.

Se añade que las operadoras que no están dentro del alcance de la mencionada resolución se encuentran bajo el régimen de tarifas supervisadas, por lo que el Osiptel efectuará el seguimiento del mercado correspondiente y, en caso se justifique, evaluará la pertinencia de extender el alcance de la regulación.

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