El congresista José Luna (Podemos Perú) propuso dos iniciativas legislativas destinadas a restituir el derecho de los afiliados a retirar el 95.5 % de sus fondos acumulados en sus cuentas al momento de jubilarse; así como la edad de 50 años para acceder a la jubilación anticipada en el sistema privado de pensiones
Asimismo, restablece los 50 años como edad para acceder a la jubilación anticipada
Ambas propuestas fueron presentadas ante la mesa de partes del Congreso de la República y serán enviadas a las comisiones correspondientes.
En el caso de la primera iniciativa, en su artículo único establece el retiro de hasta el 95.5 % de los fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización al momento de jubilarse.
Ello, conforme lo previsto en la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Transitoria del TUO de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (APP)
Asimismo, deroga la Décimo Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley 32123, Ley de modernización del sistema previsional peruano.
Jubilación anticipada
De otro lado, por medio de otra iniciativa restablece que tanto para hombres como para mujeres, la edad de 50 años para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada en el Sistema Privado de Pensiones.
En tal sentido, modifican el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley 32123, Ley de modernización del sistema previsional peruano, referente a la edad de jubilación.
Asimismo, dispone modificar el literal a) del artículo 1 de la Ley 30939, Ley que establece el Régimen Especial de Jubilación Anticipada para Desempleados en el Sistema Privado de Pensiones.
De igual, se modifica el artículo 42 del Decreto Supremo 054-97-EF, Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, sobre la jubilación anticipada.