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PODER JUDICIAL: «INPE liberó a ‘Jhon Pulpo’ por redención de pena»

La Sala Penal de Apelaciones de Tacna negó haber liberado al interno Jhon Cruz Arce, sujeto señalado como el otrora cabecilla de la temible organización criminal «Los Pulpos».  Es así que apenas se conoció la irregular excarcelación de Cruz Arce, en  un comunicado, el tribunal aseguró que la redención de la pena por trabajo o estudio, (figura por la que fue liberado) es un trámite que le compete exclusivamente al Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

Alias 'Jhon Pulpo': Corte Superior de Justicia de Tacna afirma que no ordenó excarcelación

En un comunicado, dejan en claro que en el fallo solo establecieron que le corresponde el 2×1 y que el cálculo de los días redimidos le corresponde a la entidad penitenciaria

La Corte Superior de Justicia de Tacna sostuvo que no ordenó la liberación de Jhon Smith Arce Cruz, alias ‘Jhon Pulpo‘ condenado por el asesinato de su expareja y otro sujeto vinculado a actividades criminales. La excarcelación fue decidida por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) tras otorgarle beneficios penitenciarios por trabajo y estudio.

Arce Cruz, uno de los fundadores de ‘Los Pulpos’, organización criminal nacida en Trujillo, cumplía una condena de 25 años desde 2008 en el penal de Challapalca. Este penal alberga a reclusos de alta peligrosidad. Luego de 17 años en prisión, el INPE determinó su excarcelación tras considerar su participación en actividades laborales y educativas durante su condena.

Es importante anotar que la defensa de Arce Cruz presentó un habeas corpus contra una resolución del INPE que rechazaba su solicitud de redención. El juzgado de primera instancia declaró improcedente el recurso, pero la Sala Penal de Apelaciones de Tacna revocó ese fallo y ordenó que se emita una nueva resolución aplicando la normativa vigente en el momento en que la sentencia quedó firme.

La Corte remarcó que su fallo no ordenó la liberación de ‘Jhon Pulpo’, sino que exigió una nueva evaluación administrativa. Además, recalcó que no conoce ni participa del cómputo final de pena, el cual es responsabilidad exclusiva del INPE.

“La Sala Penal de Apelaciones no ordenó la excarcelación del actor Jhon Smith Arce Cruz, en tanto que la redención de la pena implica una excarcelación anticipada la judicialmente impuesta bajo un procedimiento administrativo penitenciario de carácter documental valorativo cuya resolución le concierne exclusivamente a la entidad penitenciaria”, se lee en el pronunciamiento.

En esa línea, la Corte Superior de Tacna informa que el tribunal desconoce cuál fue el computo final de la pena redimida que hizo el INPE en el caso del sindicado como líder de Los Pulpos’.

La Sala de Apelaciones también dejó en claro que el hecho de que anularon la resolución del INPE que niega la redención de la pena a Jhon Cruz Arceno implica que el Poder Judicial asuma las funciones de la entidad penitenciaria.

Y la lucha contra la criminalidad? El cabecilla histórico de 'Los Pulpos', Jhon Smith Cruz Arce, alias 'Jhon Pulpo' acaba de salir de prisión sin cumplir los 25 años de cárcel a

“El hecho de que el juzgador constitucional declare su nulidad a través de un proceso de habeas corpus, no sustituye a la autoridad penitenciaria en la valoración y resolución del caso administrativo penitenciario, sino únicamente se dispone que la autoridad pertinente emita una nueva resolución administrativa respetuosa de los derechos constitucionales y acorde a lo determinado en la sentencia constitucional”, dice el comunicado.

Según trascendió, exlíder de la organización criminal ‘Los Pulpos’, se fundamenta en una sentencia de habeas corpus a su favor emitida por la Sala Penal de Apelaciones de Tacna.

Cruz Arce solicitó un habeas corpus tras la negativa del INPE a reconocer su solicitud de redención de pena por trabajo y estudio. Durante el proceso, el director del penal de Challapalca desestimó su pedido, argumentando que no le correspondía la redención a razón de un día de pena por dos días de trabajo o estudio (2×1), sino a un día de pena por seis días (1×6).

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Sin embargo, la Sala Penal de Apelaciones de Tacna determinó que el INPE cometió un grave error jurídico al aplicar una normativa incorrecta para calcular la redención de la pena. Dado que la condena de 25 años de Cruz Arce quedó firme en 2008, el tribunal señaló que se debían aplicar las reglas vigentes en ese año, es decir, el beneficio del 2×1, ya que el 1×6 entró en vigor recién en 2016.

“Resulta inaceptable que se haya rechazado su solicitud basándose en una norma que no estaba vigente cuando su condena adquirió firmeza. Por lo tanto, el INPE debe calcular la redención de pena a razón de un día por cada dos días de trabajo o estudio, conforme lo establecía el artículo 44 del Código de Ejecución Penal en 2008”, indica el fallo.

En consecuencia, la Sala Penal de Apelaciones de Tacna anuló la resolución del INPE que denegó la solicitud de Cruz Arce y ordenó emitir una nueva resolución que contemple la aplicación del 2×1.

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