«PROMULGACIÓN DE LEY QUE REGULA LOS CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD YA ES UN HECHO CONSUMADO»
El ministro de Justicia, Eduardo Arana, afirmó ayer, miércoles, que la entrada en vigencia de la ley que regula los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra (Ley 32107), recientemente promulgada por el Congreso de la República, «ya es un hecho consumado» y su aplicación le corresponde al sistema de justicia y no al Ejecutivo, poder del Estado que -señaló- debe mantenerse al margen de esta nueva normativa.
Indicó que la nueva norma fue promulgada por el Congreso y no por el Gobierno. Además, afirmó que su aplicación le corresponde a jueces y fiscales y que el Ejecutivo debe mantenerse al margen.
En conferencia de prensa del Consejo de Ministros, Arana consideró prioritario precisar que «esta ley no ha sido promulgada por el Gobierno», sino por «orden del Congreso de la República». Esto, luego de que se solicitara una respuesta desde el Ejecutivo a los cuestionamientos a la referida ley desde organismos nacionales e internacionales.
«Respetamos profundamente las posiciones que, institucionalmente, las entidades, como la Conferencia Episcopal, o el Ministerio Público, puedan tener respecto al contenido, vigencia y alcance de la ley. Y siendo respetuosos, también consideramos que los mecanismos constitucionales (de los) que se puedan disponer en contra de esta ley, ya corresponde a ellos hacerlo», dijo el ministro.
El último 9 de agosto, el Congreso promulgó la Ley 32107, que establece que nadie puede ser procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad cometidos antes del 1 de julio de 2002. El Parlamento procedió con la publicación de la nueva norma luego de que el último 4 de julio se venciera el plazo para que el Ejecutivo observara la ley.
La Fiscalía de la Nación, que ya había hecho advertencias sobre la pertinencia de esta ley, anunció el último lunes la presentación de una demanda de inconstitucionalidad contra la nueva norma ante el Tribunal Constitucional (TC). Y ayer, martes, el Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal Peruana exhortó a autoridades, entidades y a la sociedad civil a “accionar los mecanismos constitucionales” para buscar la nulidad de la referida ley.
Al respecto, Arana dijo ayer, miércoles, que le «corresponderá al Congreso responder desde su procuraduría» a estas demandas, mientras tanto, señaló que le corresponde «a los jueces o fiscales aplicarla».
«El Ejecutivo no aplica esta norma […] y desde luego corresponderá, evidentemente a los jueces o fiscales, disponer desde su perspectiva si aplican control difuso (si es compatible o no con la Constitución), control de convencionalidad (si se ajustan a convenciones internacionales de derechos humanos) o, eventualmente, si es que interponen una acción que el tribunal tenga que resolver», señaló.
El ministro de Justicia cerró su respuesta sobre este tema indicando que «la posición del Gobierno es de cumplimiento a las normas que el Congreso expide» y que a ley 32107)».
«Pero esta norma está, efectivamente, destinada a ser aplicada por los jueces y fiscales», insistió.