A fin de desarrollar una serie de acciones dirigidas a frenar el contrabando, la trata de personas, el lavado de activos, tráfico de armas, sicariato y las lesiones por arma de fuego, entre otros delitos, registrados en la provincia de Zarumilla (Tumbes) el gobierno dispuso la prorroga por 60 días calendario del estado de emergencia en dicha jurisdicción.
Durante el tiempo que dure la medida- que fue oficializada mediante el Decreto Supremo Nº 087-2025-PCM- la Policía Nacional del Perú (PNP) mantiene el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas (FF.AA.).
En el curso del estado de emergencia- la prórroga entra en vigor desde este 4 de julio- se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
La norma indica que la intervención de la PNP y de las FF.AA. se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional, en el Título II del Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su reglamento.
Estas se circunscriben, también, en el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023-MIMP.
La prórroga permitirá continuar con las operaciones policiales que garanticen la preservación y/o restablecimiento del orden interno, así como los derechos constitucionales de la población frente a la comisión de los delitos antes mencionados.