El pleno del Congreso de la República aprobó la noche de aye jueves, en primera votación, la ampliación de Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) hasta el 31 de diciembre del 2026. En ese sentido, el presidente encargado del Congreso, Fernando Rospigliosi Capurro, informó que, de conformidad con el artículo 78 del Reglamento del Parlamento, el proyecto aprobado será materia de segunda votación transcurridos siete días calendario.
Fueron 60 votos a favor 36 en contra y 8 abstenciones del texto sustitutorio que modifica el Decreto Legislativo 1293.
«El proceso de formalización minera integral de la pequeña minería y minería artesanal tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta la entrada en vigor de la Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento, lo que ocurra primero», señala la iniciativa legislativa.
«Durante dicho periodo, el Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de ente rector del proceso, en coordinación con los gobiernos regionales y demás instituciones competentes, implementa y adopta las acciones normativas, administrativas y operativas orientadas a la simplificación de los procedimientos, el acompañamiento técnico a los operadores mineros y el fortalecimiento de las capacidades institucionales, así como la supervisión ambiental y social de las actividades en proceso de formalización», detalla la norma.
Ello con el fin de garantizar la culminación efectiva del proceso, la seguridad jurídica de los operadores, la sostenibilidad ambiental de las actividades y la transición ordenada hacia el nuevo marco legal.
La representación nacional votó el texto sustitutorio propuesto por la Comisión de Energía y Minas, con excepción de la primera y segunda disposiciones complementarias transitorias y la primera disposición complementaria final, las cuales se votaron por separado, luego que el pleno aprobó cuestiones previas presentadas por los legisladores Diana Gonzales y Jorge Morante, respectivamente.
La primera disposición complementaria transitoria establece la reincorporación excepcional y evaluación técnica en la formalización minera integral, mientras que la segunda disposición complementaria transitoria versa sobre la continuidad de trámites en el proceso de formalización minera integral.
En tanto, la primera disposición complementaria final establece la suspensión de procedimientos de exclusión del Reinfo.
Al no haber sido aprobada las referidas disposiciones complementarias se procederá a la renumeración del articulado del proyecto aprobado, indicó Rospigliosi Capurro.
El proyecto de ley que inicialmente se puso a consideración del pleno establecía ampliar el Reinfo hasta el 31 de diciembre del 2027. Sin embargo, luego del debate y un cuarto intermedio, el texto sustitutorio propuesto planteó su vigencia hasta el 31 de diciembre del 2026.
Jefe del Gabinete acudió al Congreso para entregar oficio con postura del Gobierno sobre el dictamen
Más temprano, el presidente del Consejo de Ministros, Ernesto Álvarez, sostuvo que el oficio presentado al Congreso de la República, que expone la posición del Poder Ejecutivo respecto del dictamen de la ampliación del proceso de formalización minera aprobado en la Comisión de Energía y Minas, contiene dos puntos fundamentales: la ampliación del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) por un año y el no retorno de los registros excluidos.
“El Ejecutivo ha planteado dos puntos no negociables: postergar hasta por un año la vigencia del Reinfo, para evitar que se convierta en un pretexto para la minería ilegal, que no tiene afán de formalizarse; y el no retorno de los 50 mil mineros excluidos del proceso”, indicó.
Álvarez subrayó que el Ejecutivo mantiene un trabajo coordinado con el Congreso. No obstante, enfatizó que, si el dictamen no se adecúa a la posición planteada por el Gobierno nacional, se observará la norma.
En el documento entregado la mañana de ayer, también se propone retirar la suspensión de los procedimientos de exclusión del Reinfo, debido a que esta medida impediría depurar registros que no cumplen los requisitos legales y afectaría la capacidad del Estado para enfrentar actividades vinculadas a la minería ilegal.
Igualmente, se precisa que las competencias de fiscalización ambiental corresponden a los Gobiernos Regionales, conforme a la normativa vigente, y no deben trasladarse al Ministerio de Energía y Minas.
De otro lado, el Ejecutivo recomienda suprimir la disposición referida a la ejecución de un censo nacional de la pequeña minería y minería artesanal, medida ya contemplada en la Política Nacional Multisectorial de la Pequeña Minería y Minería Artesanal aprobada mediante Decreto Supremo 016-2022-EM.
El documento propone, además, adecuar la tercera disposición complementaria del proyecto de ley para que la actualización de coordenadas se limite a concesiones mineras colindantes y no a cualquier área del territorio nacional.
También plantea incorporar la denominación de “titular de una licencia temporal de producción minera” para las inscripciones vigentes en el Reinfo, con el fin de diferenciarlas de actividades ilegales, así como establecer la incorporación obligatoria de trabajadores en planilla como requisito del proceso de formalización.