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RETOMANDO EL CAMINO A LA JUSTICIA

Escribe: Ricardo León Dueñas

 

es pertinente acudir al Tribunal Constitucional para solicitar la revisión del Decreto Legislativo 1373 sobre la extinción de dominio. A todas luces, una norma que ha devenido en inconstitucional y que fue dictada en el marco de la delegación de facultades de un Congreso disminuido

Cuando determinadas figuras del derecho penal se distorsionan por efecto de la judicialización de la política o por incorrectas interpretaciones de malos operadores de justicia, se recurre a instancias superiores para poner orden u operan cambios en la legislación para restablecer el sentido filosófico de la justicia, que no es otra cosa que darle a cada quien lo que le corresponde.

Son ya varios casos que han merecido la modificación de normas que desnaturalizaban sus objetivos primigenios, esos que pretendían hacer justicia, pero que con el tiempo no solo no lo lograron, sino que muy por el contrario, perjudicaron a mucha gente inocente bajo una pretendida lucha contra la corrupción.

La ley de extinción de dominio fue una norma que buscaba que bienes adquiridos ilícitamente fueran sacados de la esfera de propiedad de quienes los habían adquirido con dineros ilícitos, producto de acciones criminales. Obviamente, el enunciado y propósito eran –y son– impecables, incuestionables; nadie en su sano juicio puede estar de acuerdo en que un delincuente adquiera un bien con dinero proveniente de la comisión de un delito. Hasta ahí, todo bien.

Sin embargo, esta figura establece un proceso independiente del principal, un proceso muy expeditivo por el cual la justicia determina que el bien sale de la esfera del propietario imputado, con el agravante de que este debe demostrar su propiedad, trastocando el sentido de la carga de la prueba, siempre por cuenta del Estado. Todo ello sin que exista todavía una sentencia condenatoria consentida y ejecutoriada en el juicio principal. Ocurre que de pronto, en el proceso principal, el sujeto imputado resulta inocente, pero en virtud de la mencionada celeridad del proceso de extinción de dominio, sus bienes ya están fuera de su propiedad. Injusto y arbitrario.

Por ello, es pertinente acudir al Tribunal Constitucional para solicitar la revisión del Decreto Legislativo 1373 sobre la extinción de dominio. A todas luces, una norma que ha devenido en inconstitucional y que fue dictada en el marco de la delegación de facultades de un Congreso disminuido (disuelto además inconstitucionalmente por Martín Vizcarra) a uno de los más nefastos gobiernos de la historia: justamente el de Vizcarra, un perfecto miserable que politizó la justicia a su regalado antojo.

Otro tema que también viene causando urticaria en algunos operadores de justicia y analistas políticos (sobre todo en los “innovadores” del derecho penal) es la ley que regula las organizaciones criminales.

Otra figura absolutamente desnaturalizada, utilizada para perseguir a enemigos políticos y lo que es peor, haciendo que pierda fuerza contra las verdaderas organizaciones criminales que aterrorizan a la población. Con desconocimiento y tergiversaciones, muchos de estos analistas han criticado esta modificación, que busca acotar y centrar un agravante de la comisión de un delito para aplicarla correctamente y no con perversas interpretaciones.

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