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SE RÍE: Castillo podrá acogerse a beneficio penitenciario y salir «con libertad condicional»

La sonrisa esbozada por el ex presidente Pedro Castillo Terrones a la hora de escuchar su sentencia la tarde del último jueves no era de preocupación. Al contrario, todo parece indicar que al final la Sala que lo condenó terminó favoreciendo al golpista. Esto último, porque a decir de reconocidos juristas, debe tomarse en cuenta que la pena impuesta termina favoreciendo al reo de Barbadillo, puesto que el delito de «conspiración»  aplica para beneficios penitenciarios. Esto es, con cumplir un tercio de la pena podría salir en libertad. 

El delito de conspiración no está en la lista de los que están prohibidos para acogerse a beneficios penitenciarios

La sentencia de 11 años, 5 meses y 15 días de prisión dictada contra Pedro Castillo, por el delito de «conspiración para la rebelión», podría no significar que el exmandatario pro chavista cumpla la totalidad de la pena con sus vecinos en Barbadillo.

En efecto, ayer en Ampliación de Noticias, los abogados penalistas Julio Espinoza y José Urquizo coincidieron en que el tipo penal elegido por la Corte Suprema (conspiración) deja abierta la posibilidad para que los sentenciados soliciten beneficios penitenciarios, como la semilibertad o la liberación condicional.

Y es que el doctor Espinoza explicó en RPP, aclaró que existe una lista de delitos para los cuales están prohibidos estos beneficios, pero la «conspiración» no figura en ella.

“Existe desde el año 2020 la prohibición de beneficios penitenciarios para varios delitos (…) Pero no está conspiración para rebelión, que es el artículo 349 del Código Penal, con lo que sí es posible que se acoja a la semilibertad o a la liberación condicional”, explicó el letrado.

Castillo podría salir en libertad tras cumplir un tercio o la mitad de la pena. El ex mandatario cumple la próxima semana 3 años preso

Esto implicaría que Castillo podría salir en libertad tras cumplir un tercio o la mitad de la pena, dependiendo de la modalidad y del trabajo acumulado en prisión. Vale decir, el reo puede solicitar ese beneficio al haber cumplido un tercio de la pena. 

Cabe recordar que Castillo cumplirá el próximo domingo 7 de diciembre 3 años de prisión. Con ello, sólo le faltarían 165 días para iniciar el proceso para poder acogerse al citado beneficio penitenciario. 

“Los beneficios penitenciarios están vinculados a cierto tipo de delitos y en este caso concreto, en el tema de la conspiración, sí lo permite”, ratificó por su parte el abogado José Urquizo.

Otro punto crítico advertido por Espinoza es la decisión del tribunal de suspender la ejecución de la pena para los exministros Willy Huerta (11 años, 5 meses y 15 días) y Aníbal Torres (6 años y 8 meses) hasta que el fallo sea confirmado en segunda instancia, imponiéndoles solo reglas de conducta leves.

“Creo que esa decisión es muy riesgosa. Es demasiado riesgosa en un contexto en el que tenemos una consentida (Betssy Chávez) que está en una situación de asilo (…) Yo diría que el riesgo de que, en concreto, puedan asumir la misma ruta que la señora Betssy Chávez está latente”, advirtió.

Sobre el fondo de la sentencia, que descartó el delito de rebelión y optó por conspiración; Urquizo respaldó la interpretación de los jueces y argumentó que no hubo un alzamiento en armas real, ni posibilidad material de consumar el golpe.

“Cuando analizas ex-post, dices: ¿efectivamente tenía esa posibilidad material? No, porque él no había hablado con las personas necesarias, nadie se había adherido a este sistema. Eso es lo que han evaluado los jueces finalmente”, señaló.

Sin embargo, Espinoza consideró clave el rol de Willy Huerta como ministro del Interior presente en el despacho presidencial. “No se trataba de un acompañante (…). Es nada más y nada menos del ministro de quien se dependen las órdenes para controlar las fuerzas policiales (…). La capacidad de dar las disposiciones para disponer de las fuerzas armadas o, por lo menos policiales, estaban dadas y eran objetivas”, argumentó.

Espinoza anticipó que la Corte Suprema, en la instancia de apelación, tendrá que definir si eleva la condena considerando los hechos como una tentativa de rebelión, tal como lo planteó el voto en minoría.

Finalmente, vale recordar que el ex mandatario tiene pendiente otras carpetas fiscales referentes a la corrupción ocurrida durante su gestión al frente del Ejecutivo. Además, según la sentencia dictada, Castillo Terrones se encuentra inhabilitado de ejercer la función pública por dos años. Esto último, recordando que está pendiente de aprobación por el pleno del Congreso el dictamen de inhabilitación por 10 años. 

DATOS

El delito de conspiración para cometer una rebelión es un delito autónomo en el Código Penal, Este delito tiene una pena de 10 años, plazo mucho menor a los 20 que establece el delito de rebelión.

En el país hay delitos que gozan de la aplicación de beneficios penitenciarios. Es decir, el reo puede practicar una serie de acciones que le permitirán reducir su condena

El beneficio más común es el conocido como «2×1», que por dos días de trabajo o estudio puede reducir un día de pena.

Cuando un reo cumple parte de su condena hay dos beneficios que puede solicitar. El primero es la semilibertad, en la que debes cumplir un tercio de tu pena. El segundo, es la libertad condicional, la cual puedes pedir si cumples la mitad de tu pena.


FUENTE RPP


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