La presidenta Dina Boluarte y el presidente del Congreso, Alejandro Soto, enviaron una carta a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) expresando su rechazo por el pedido que realizaron para no aprobar la Ley contra crímenes de lesa humanidad. Así lo anunció ayer lunes el primer ministro, Gustavo Adrianzén.
Deploramos profundamente que la Corte IDH, en la referida resolución, implique que el Perú no es un estado constitucional de derecho
«No tenemos ninguna razón, de momento, para excluirnos de la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Lo que quiero mencionar es que la presidenta de la República y el titular del Parlamento han enviado una carta de respuesta a la resolución que ha emitido a la CIDH y en esa carta de respuesta firmada por los dos titulares de los poderes de estado electos han hecho saber a la CIDH el profundo rechazo que les ha merecido esta resolución», expresó a los medios de comunicación desde Pucallpa.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dio a conocer esta mañana su resolución del pasado 13 de junio en la que requiere al Estado peruano suspender «inmediatamente el trámite legislativo del proyecto de Ley» que delimita la prescripción de los crímenes de lesa humanidad cometidos antes del 2002.
El organismo internacional publicó la referida resolución en el marco de un proceso de solicitud de medidas provisionales y supervisión de cumplimiento de sentencia que realizaron los deudos de las víctimas de los referidos procesos, el pasado 7 de junio
En una iniciativa calificada como «injerencia política»,por el canciller Javier González- Olaechea, a inicios de julio, la Corte IDH solicitó al Estado peruano que mediante sus «tres poderes tome las acciones necesarias para que no se adopten, se dejen sin efecto o no se otorgue vigencia al proyecto de ley» referido. Además, pidió que, «a más tardar el 9 de agosto de 2024», emita «un informe completo y detallado sobre el cumplimiento de lo dispuesto».
La CIDH sostuvo que la referida iniciativa legislativa “genera un serio y grave impacto de naturaleza irreparable en el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de las violaciones a los derechos humanos de [ambos] casos […], al establecer de manera ‘automática’la prescripción, la nulidad de sanciones, la no exigibilidad de las mismas, y prohibición del procesamiento penal de delitos por hechos anteriores al 2002, que puedan ser considerados crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra”.
Aclaración a la Corte
En la carta enviada a la Corte IDH se lee que el Perú tiene «sus propios mecanismos internos» para controlar leyes que se aprueben, sea a través del control difuso ejercido por el Poder Judicial o del control concentrado ejercido por el Tribunal Constitucional.
«Deploramos profundamente que la Corte IDH, en la referida resolución, implique que el Perú no es un estado constitucional de derecho y que carece de los mecanismos propios de una república democrática en la que operan el balance y control de los poderes públicos», se lee en la misiva.