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TC DECLARÓ CONSTITUCIONAL LEY QUE PERMITE A PRESIDENTA DESPACHAR DE MANERA VIRTUAL DESDE EL EXTERIOR

El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada por mayoría la demanda de inconstitucionalidad contra la ley que permite a la presidenta de la República, Dina Boluarte, gobernar de manera remota cuando abandona el territorio nacional.

Tribunal declaró infundada la demanda presentada por un grupo de congresistas contra la ley aprobada por el pleno.

 

El órgano jurisdiccional señaló en la sentencia que la ley impugnada “se ha limitado a habilitar la posibilidad de que, cuando el presidente viaje al exterior, autorizado por el Congreso y no cuente con vicepresidente” mantenga en ese supuesto excepcional “la gestión de despacho presidencial”.
En ese sentido, detalla que en los últimos años, gracias al desarrollo de tecnologías, se han diseñado plataformas telemáticas específicamente para la interacción remota de los participantes que acceden a una sala virtual “en la que se puede debatir, compartir reflexiones y documentos”.
También advirtió que no se había previsto la posibilidad de que no haya vicepresidente durante un determinado mandato presidencial, al que se le pueda encargar el despacho.
En ese sentido, el colegiado precisa que la opción de que el presidente de la república viaje fuera del país y mantenga a su cargo la gestión remota del despacho “no resulta contraria a la Constitución” y, por lo tanto, imponer el deber de justificar la urgencia y necesidad de recurrir a tecnologías digitales.

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