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UNA RESMA FISCAL

Escribe:  Elmer Barrio de Mendoza

 

¿Se cayó el Caso Cocteles? Es muy probable. No hay duda tampoco de quiénes son los incompetentes. Por supuesto los otrora endiosados (y ahora vapuleados) Vela y Pérez.

 

No sé si aún se use la expresión pero no encontré ninguna otra apropiada porque “papelón” no alcanza. La resma es veinte manos de papel o sea, un “papelonazo”.

José Domingo Pérez debería ser ciempiés. Tanta metida de pata lo ameritaría. Lo dicho alcanza a su jefe directo, Rafael Vela, a su maestro y guía, Gustavo Gorriti y también a su coro de periodistas y abogados. Alcanza incluso a aquéllos que ahora intentan tomar distancia.

Repito: Vela y Pérez están embarrados hasta el cuello. Han tapado toda la cochinada de Odebrecht, han actuado como sicarios políticos de la progresía y han atentado sistemáticamente contra dos derechos fundamentales de sus investigados/acusados: la inocencia presunta y el debido proceso.

Qué pasó con Arsenio Oré

Resumamos el caso en sencillo (espero):

  1. El fiscal José Domingo Pérez abrió investigación contra el abogado Arsenio Oré Guardia y otros por obstrucción de la justicia en virtud a la hipótesis de que el abogado y su estudio habrían sido parte esencial del proceso de persuasión de testigos para que no declaren (ni aporten pruebas) contra Keiko Fujimori y la cúpula de Fuerza Popular en el llamado Caso Cócteles. Así, esta línea de investigación soporta también el supuesto delito de organización criminal. Si se cae una, la otra se queda sin cimientos.

  2. Entre las diligencias que desarrolló Pérez estuvo el allanamiento (e incautación) de las oficinas legal y contable del Estudio Oré.

  3. Ante esto, el abogado Oré recurrió al Fiscal Superior Rafael Vela (en tanto jefe directo de Pérez) con el objeto de requerir el apartamiento del desaprobado fiscal, por cuanto no podía ejercer de investigador/acusador si era agraviado del presunto delito de obstrucción de la justicia en la misma causa, porque eso atenta contra la imparcialidad, la independencia y la objetividad, elementos centrales del debido proceso.

  4. Es decir, si la investigación fiscal fue objeto de obstrucción de la justicia, el fiscal a cargo se constituye en agraviado y no puede ser el fiscal de la causa, en el extremo correspondiente. Por tanto debe designarse, para este asunto, un fiscal diferente.

  5. En enero de 2019, Vela rechazó la solicitud de Oré y, en esta circunstancia, el abogado interpuso recurso de amparo. Tres instancias constitucionales del Poder Judicial rechazaron el amparo y, en consecuencia, éste llegó al Tribunal Constitucional.

  6. El máximo órgano en materia constitucional, acudiendo a los principios de independencia y objetividad, ha declarado fundada la demanda, ha dispuesto la exclusión, para estos efectos, del fiscal Pérez, el retorno a la fase de investigación preparatoria respecto del demandante en esta materia, y ha establecido límites generales al allanamiento de los estudios de abogados.

La decisión fue tomada por seis votos a favor , correspondientes a otros tantos magistrados, y uno solo en contra. El fallo del TC es definitivo y sólo cabe acatarlo.

¿Se aplicará o no el alcance de esta sentencia a los demás acusados? Eso dependerá de la sala a cargo pero no se puede descartar. Como no se puede descartar que, en caso contrario, todos ellos (o algunos) acudan al fuero constitucional. A igual razón, igual derecho, dicen.

¿Se cayó el Caso Cocteles? Es muy probable. No hay duda tampoco de quiénes son los incompetentes. Por supuesto los otrora endiosados (y ahora vapuleados) Vela y Pérez.

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