Ya es oficial. Ejecutivo promulgó ley que autoriza nuevo retiro de los fondos de las AFP
Tal como estaba previsto, el Ejecutivo promulgó esta mañana la norma que da luz verde al octavo retiro extraordinario de los fondos que manejan las AFP. A partir de ahora, los afiliados al sistema privado de pensiones podrán disponer de hasta S/21,400 soles (cuatro unidades impositivas tributarias) de sus cuentas de capitalización individual.
Así quedó establecido mediante la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la Ley N° 32445. La autógrafa correspondiente había sido firmada en la víspera por el presidente del Congreso, José Jerí.
De acuerdo con el dispositivo legal, el procedimiento para el retiro extraordinario y facultativo de los fondos pensionarios será el que se explica a continuación:
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a) Los afiliados presentan su solicitud de manera física o virtual dentro de los noventa días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.
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b) Se abona un monto de hasta una unidad impositiva tributaria (1 UIT) cada treinta días calendario. El primer desembolso se realiza a los treinta días calendario de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado.
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c) En el caso de que el afiliado desista de continuar retirando los fondos de su cuenta individual de capitalización, puede solicitarlo por única vez a la administradora privada de fondos de pensiones diez días calendario antes del siguiente desembolso.