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Opinión: el oro no es cocaína, es progreso

Por: Juan Carlos Eguren.

A diferencia de las drogas ilegales como la cocaína o el fentanilo, que son elaboradas para hacerle daño a la gente, el oro no hace daño. Por el contrario, genera riqueza, empleo, impuestos, canon, bienestar.  Por su origen y por su destino son diametralmente diferentes y por eso en su acepción de ilegalidad no pueden ni deben tener el mismo tratamiento, aunque a algunos fiscales y a cierta prensa les encante ponerlos en el mismo saco.

La droga es un bien ilícito en sí misma. Producirla, tenerla o venderla siempre es delito. No hay forma de formalizar un laboratorio de cocaína. El oro no. El oro es un recurso natural, es un bien lícito, es patrimonio de todos los peruanos.

Lo que la ley sanciona no es el oro, sanciona extraerlo sin tener el título, sin el acuerdo con el dueño del terreno, sin la certificación ambiental y sin la autorización de inicio de actividades.

Es decir, sanciona una actividad lícita ejercida sin papeles. Y por eso mismo el propio Estado inventó el REINFO y todo el proceso de formalización, porque sabe que el minero no es un narcotraficante, es un operador económico al que hay que meter al sistema.

Pero el Estado se ha equivocado de estrategia. Ha declarado media cordillera como zona prohibida, con mapas confusos y sin catastro claro, y con eso lo único que ha hecho es empujar a más gente a la informalidad. Y al mismo tiempo, ha dejado que la tierra y la roca mineralizada se procese en cualquier hueco, con quimbalete, con mercurio y con pozas de cianuro artesanales que son las que realmente contaminan los ríos y envenenan a la gente.

La solución es al revés. Mínimo de zonas prohibidas pero intangibles de verdad: áreas naturales protegidas, bofedales y fajas marginales de los ríos, restos arqueológicos y pueblos. Ahí nadie entra. Punto. Todo lo demás debe ser zona permitida con reglas claras.

Segunda regla, fiscalización estricta del veneno, no del minero. El daño no lo hace la piedra, lo hacen el mercurio y el cianuro mal usados. Prohibición total del mercurio en el campo, cero tolerancia.

El cianuro solo debe existir en plantas de beneficio formales y con trazabilidad completa desde que se importa hasta que se usa, igual que se controla un explosivo con la SUCAMEC. Si controlas el insumo controlas la contaminación. Y tercera regla, la más importante, que la tierra y la roca mineralizada solo se procese en plantas de beneficio con altos estándares. El minero en el socavón solo extrae y chanca. No beneficia.

Ese material tiene que salir con su guía de remisión y trasladarse a una planta formal, con cancha de relaves impermeabilizada, con laboratorio, con OEFA encima. Ahí sí hay control ambiental, ahí sí la planta retiene la regalía y paga el impuesto, ahí sí se acaba el relave en la cabecera de cuenca.

Extracción ordenada en zona permitida, sin mercurio ni cianuro en la mina y procesamiento en planta de terceros de primer nivel. Eso es formalización de verdad. Lo demás es seguir tratando al productor de oro como si fuera productor de droga, y no como un agente económico que pone en valor riqueza enterrada y la pone al servicio de la sociedad y el estado.

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