DESTACADASPERÚ

DERRAMA MAGISTERIAL: DEROGAN DS QUE MODIFICÓ SU ESTATUTO

El Ministerio de Educación (Minedu) derogó hoy el Decreto Supremo N° 009-2022-MINEDU que modificó los artículos 2, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 21, 22, 34 y 51 del Estatuto de la Derrama Magisterial y que incorporó el artículo 8-A, referido al proceso electoral en dicha institución.

 

La derogatoria se oficializó mediante Decreto Supremo Nº 008-2023-MINEDU, publicado hoy en el cuadernillo de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

El artículo 2 de la norma publicada hoy se refiere al restablecimiento del Estatuto de la Derrama Magisterial.
Al respecto, el texto restablece los artículos 2, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 21, 22, 34 y 51 del Estatuto de la Derrama Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 021-88-ED, “conforme al texto anterior a su modificación aprobada por el Decreto Supremo N° 009-2022-MINEDU.”
La norma precisa  que “el presente Decreto Supremo es publicado en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial ‘El Peruano’”.
La norma es refrendada por la ministra de Educación, Magnet Carmen Márquez Ramírez, y está firmada por la Presidenta de la República, Dina Ercilia Boluarte Zegarra.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *