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PJ RATIFICÓ LEVANTAMIENTO DE SECRETO DE COMUNICACIONES DE LOS CELULARES DEL EX PRESIDENTE GARCÍA PÉREZ

El Poder Judicial ratificó la validez del pedido para levantar el secreto de las comunicaciones en el caso de dos teléfonos celulares que fueron propiedad del fallecido expresidente Alan García.

Poder Judicial confirma resolución y desestima apelación de familiares de expresidente

La tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó anoche la resolución que en ese sentido se había emitido previamente desde el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria.

A través de una resolución, publicada en las redes sociales, el tribunal indicó que esta disposición fue aprobada en el marco de la investigación que se le sigue al ex secretario de la presidencia de García Pérez, Luis Nava Guibert, y otros implicados, por el presunto delito de colusión agravada y otros, en agravio del Estado, por el caso Odebrecht.

Esta fue apelada por los familiares del fallecido exmandatario; es decir, por su viuda, Pilar Nores, y por sus hijos Josefina, Carla y Alan García.

Según la Tercera Sala Penal, la resolución inicial no vulnera el principio de legalidad procesal penal y se encuentra debidamente fundamentada.

Cabe recordar que los dispositivos móviles fueron incautados el pasado 17 de abril de 2019, el mismo día que el exmandatario se quitó la vida.

Según se señala, el levantamiento del secreto de las comunicaciones en ambos teléfonos forma parte de las investigaciones que se desarrollan sobre presuntas irregularidades en la concesión de obras de infraestructura a empresas constructoras brasileñas.

En este caso, se presumen pagos indebido para la construcción de la Línea 1 del Metro de Lima y los tramos 2 y 3 del corredor vial de la Carretera Interoceánica Sur.

Como se recuerda, el juez Leodan Cristóbal Ayala, del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, emitió en marzo pasado su decisión, donde precisa que el primer despacho del equipo especial Lava Jato, a cargo de José Pérez,podrá acceder a los dos equipos celulares.

Esto implica la apertura, extracción, recuperación, lectura, examen, análisis, acceso, visualización, registro y almacenamiento de correos electrónicos, comunicaciones y demás correspondencias informáticas almacenadas tanto en las memorias de los celulares y las tarjetas SD.

El fallo determina que esta información debe estar “únicamente vinculada a la investigación formalizada” por el caso Lava Jato por presunto lavado de activos y otros delitos.

 

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