En segunda y definitiva votación, el Congreso de la República aprobó el dictamen que modifica la Ley 31014, que regula el uso de sustancias modelantes en tratamientos corporales con fines estéticos, y define dicho procedimiento como acto médico, para especificar prohibiciones y definiciones.
Pleno aprobó dictamen en segunda votación
La iniciativa legislativa se sustenta en el proyecto de ley 4506/2022-CR, que fue aprobado en primera votación durante la sesión de la Comisión Permanente del 4 de julio de 2024. En esta ocasión obtuvo en el pleno del Parlamento Nacional 85 votos a favor, 4 votos en contra y ninguna abstención.
La norma, en su artículo único, modifica los artículos 2, 3, 4 y 8 de la Ley 31014.
Prohibiciones establecidas
Entre otras modificaciones, se prohíbe “el uso en tratamientos corporales con fines estéticos de las sustancias modelantes de relleno permanentes no biodegradables ni absorbibles que no figuran en el listado de sustancias modelantes permitidas en el marco de lo dispuesto en el artículo 7″ de esta norma.
También queda prohibido «ofertar, prestar o aplicar servicios de estética humana o de infiltración o colocación de sustancias modelantes con fines estéticos por toda persona que no cuente con las calificaciones exigidas en la presente ley”.
Además, se “prohíbe y sanciona a aquellas personas naturales que, sin ser médicos cirujanos especialistas, o sin contar con estudios de especialización o posgrado universitario requerido lleven a cabo el acto médico que debe ser realizado por los médicos cirujanos especialistas señalados”.