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FISCALES SUPREMOS SE PRONUNCIAN EN CONTRA DE LEY QUE FACULTA A PNP INVESTIGAR DELITOS

La Junta de Fiscales Supremos (JFS) emitió anoche un pronunciamiento sobre el proyecto de ley que faculta a la Policía Nacional del Perú (PNP) a liderar las investigaciones preliminares y señaló que dicha iniciativa legislativa contradice la Constitución Política, colisiona con la autonomía del Ministerio Público, la efectiva separación de poderes y una verdadera democracia.

Estiman que dicha norma es inconstitucional y afecta la efectiva separación de poderes y la democracia

Este proyecto de ley, abiertamente contradice el inciso 4 del artículo 159 de la Constitución Política del Estado que establece como atribución del Ministerio Público la conducción de la investigación del delito desde su inicio y la obligación de la Policía Nacional de cumplir nuestros mandatos en el ámbito funcional», señaló la JFS en una declaración difundida en redes sociales.

Asimismo, advirtió que al encargar la investigación preliminar del delito a la policía nacional, se obligaría a los fiscales a realizar todas las investigaciones por intermedio de ella y los despachos fiscales no podrán conducir directamente investigaciones preliminares.

Además, resaltó que los exámenes o pericias criminalísticas oficiales serían realizadas por la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional de Perú o por sus oficinas descentralizadas y no por las unidades orgánicas periciales del Ministerio Público.

De esta forma, subrayó, se evidencia que el propósito de esta norma inconstitucional es que todas las investigaciones sean de conocimiento y dirección del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio del Interior, del cual depende la Policía Nacional del Perú.

«Esto colisiona con la autonomía institucional del Ministerio Público, la efectiva separación de poderes y una verdadera democracia»sostuvo la Junta de Fiscales Supremos.

En ese sentido, se preguntó si las investigaciones contra altos funcionarios que se tramitan ante la Fiscalía de la Nación y las fiscalías supremas, y las que tuviesen que iniciarse en el futuro contra presidentes de la república, ministros de estado, congresistas, y otros altos funcionarios ¿deben investigarse también por intermedio de la policía nacional y sus peritos?

El órgano de gobierno de mayor jerarquía del Ministerio Público afirmó que resulta insostenible que se pretenda atribuir a la PNP la conducción de la investigación preliminar dado que, además, su personal no se encuentra capacitado debidamente y no se le ha dotado de los recursos logísticos y operativos.

La junta recordó que el Ministerio Público, ante una situación similar, presentó una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, respecto de algunos decretos legislativos expedidos por el Poder Ejecutivo, la misma que se encuentra próxima a una audiencia para su decisión final.

Finalmente, invocó a la ciudadanía se mantenga vigilante y llamó a la reflexión a los congresistas de la República, a evaluar con prudencia y mesura esta decisión respetando la separación de poderes, la autonomía institucional y el Estado de Derecho.

El proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal para fortalecer la investigación del delito como función de la PNP  y agilizar los procesos penales fue aprobado por el Congreso de la República en primera votación la semana pasada y próximamente será objeto de una segunda votación para convertirse en ley.

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