El Poder Judicial (PJ) archivó ayer la denuncia contra el chofer del expresidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK), José Luis Bernaola, por presunto lavado de activos y organización criminal.
«No se ha demostrado, menos advertido de las declaraciones o actuaciones, que tuviera conocimiento de estructuraciones financieras como actos complejos, y de actuaciones nacionales o internacionales, que le competen al acusado Kuczynski Godard»,
Durante la audiencia virtual, el juez de investigación preparatoria Jorge Chávez Tamariz indicó que no se ha demostrado que Bernaola tuviera conocimiento de estructuraciones financieras como actos complejos, los cuales le competen al exmandatario de la República.
Asimismo, el magistrado dispuso el levantamiento de las medidas coercitivas dictadas en contra de Bernaola o sus bienes, así como la anulación de los antecedentes judiciales y policiales derivados del proceso.
En este caso en especial del equipo especial contra Bernaola, no tengo convicción en un nivel de sospecha preponderante o suficiente del conocimiento de procedencia ilícita (…) para que, de su sola declaración o de la falencia para demostrar en el tiempo que declaró alguna incongruencia, como para poder tenerlo en su contra
Cabe mencionar que, tanto el Ministerio Público como la Procuraduría anunciaron que apelarán esta decisión para que se evalúe en segunda instancia.
Poder Judicial ordena embargo parcial de pensión vitalicia de PKK
Como se recuerda, el Poder Judicial ordenó el embargo parcial de la pensión mensual vitalicia que recibe el expresidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski.
Declarar fundada la solicitud de «embargo en forma de retención», presentado por el Estado Peruano (…) vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros delitos conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras; en los seguidos por la presunta comisión del delito de colusión, bajo los alcances de la Ley N° 30077, en agravio del Estado Peruano», se lee en el oficio.
A través de un documento, el Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declaró fundada la solicitud de embargo en forma de retención presentado por el Estado Peruano, ello vinculado a los presuntos delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros delitos conexos en los que habría incurrido Odebrecht.