La Comisión de Constitución y Reglamento aprobó las disposiciones referidas a la conformación y funcionamiento de los grupos parlamentarios, en el marco de los dictámenes sobre el Reglamento del Congreso, la Cámara de Diputados y el Senado.
Parlamentarios que se unan a un grupo ya constituido no podrán postular ni integrar la Mesa Directiva de la cámara ni de las comisiones hasta culminar el siguiente período anual
El artículo aprobado establece que los representantes de un mismo partido político no podrán formar bancadas por separado, ni se podrán crear nuevos grupos durante el período legislativo.
Asimismo, los congresistas que renuncien o sean separados de su bancada solo podrán integrarse al grupo mixto o, por única vez, incorporarse a otra bancada existente de acuerdo con los resultados electorales.
Sobre el reglamento
Los parlamentarios que se unan a un grupo ya constituido no podrán postular ni integrar la Mesa Directiva de la cámara ni de las comisiones hasta culminar el siguiente período anual de sesiones tras su incorporación.
Cada bancada deberá contar con un reglamento interno que incluya, como mínimo: nombre, organización, derechos y obligaciones, reglas de funcionamiento, procedimientos de vocería, elección de candidatos a la Mesa Directiva, designación de integrantes en comisiones y un procedimiento sancionador con debido proceso.
El reglamento deberá publicarse en el portal institucional y será requisito indispensable para participar en cargos de la Mesa Directiva y para el funcionamiento administrativo del grupo parlamentario.
Los grupos parlamentarios deberán acreditar su constitución y designación de voceros ante la Oficialía Mayor de cada cámara. Posteriormente, las mesas directivas aprobarán personal de asesoría y espacios físicos para el adecuado desempeño de cada bancada.