El pleno del Congreso aprobó por amplia mayoría un dictamen que habilita la billetera digital para efectuar el pago de haberes y otras obligaciones laborales.
El dispositivo legal- que fue sancionado por 95 votos a favor- tiene como objetivo central, potenciar la inclusión financiera en todo el país, específicamente en el caso del sector laboral peruano.
La norma aprobada reconoce a la billetera digital como un medio de pago válido para que los empleadores realicen el depósito de haberes y otras obligaciones laborales de los sectores público o privado.
En ese sentido, establece que esta modalidad se aplica para aquellos casos en que, por común acuerdo entre el trabajador y el empleador, se elija el uso de la billetera digital para la percepción de sus haberes y otras obligaciones laborales, siempre que el trabajador considere que esta modalidad le resulta más conveniente.
También se autoriza a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones a determinar el nuevo límite operativo aplicable a la billetera digital que realice operaciones con dinero electrónico para el pago de haberes y otras obligaciones laborales.
LA SUSTENTACIÓN
Al respecto, el presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Ilich López Ureña (AP), destacó que el uso de las billeteras digitales en el país ha venido creciendo “de manera exponencial” , a tal punto que hoy son utilizadas por más del 58 % de la población.
Dijo que mediante el dictamen aprobado- cuya autógrafa será enviada en las próximas horas a Palacio de Gobierno para su promulgación u observación- se mejorará el registro de los trabajadores informales por parte de las instituciones financieras gracias al uso de las billeteras digitales, con lo cual se sincerarán los ingresos provenientes de los haberes y beneficios sociales que este segmento percibe.
“De este modo se dispondrá de información que sirva como criterio de evaluación para la accesibilidad a préstamos superando (de esa forma) la barrera de calificación negativa y exclusión financiera”.