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EMPRESAS DE CABLE DEBERÁN INCLUIR EN SU PARRILLA CANALES DE SEÑAL ABIERTA

El pleno del Congreso de la República aprobó  anoche, en segunda votación, el proyecto de ley que propone modificar el Decreto Legislativo 702, por el cual se aprobaron las normas que regulan la promoción de inversión privada en telecomunicaciones.

 

Pleno aprobó modificar normas sobre promoción de inversión privada en telecomunicaciones

La norma obliga a las empresas de cable a incluir en su parrilla a canales de televisión de señal abierta a solicitud de estos últimos.

«Los titulares de una autorización para la prestación de servicios de radiodifusión por televisión en una determinada localidad, tienen el derecho a su sola solicitud, de ser incluidos en las parrillas de los prestadores de servicios de distribución de radiodifusión por cable de dicha localidad en el mismo canal que le ha sido otorgado en la autorización respectiva», señala el dictamen aprobado.

Se indica que la transmisión que realice el prestador del servicio de distribución de radiodifusión por cable, debe realizarse sin alteraciones y con las mismas características y tecnología de la señal de origen.

Asimismo, se precisa que los prestadores del servicio de radiodifusión por cable deben contar con una previa y expresa autorización del titular de la autorización de radiodifusión, para la inclusión de su señal en las parrillas. «Esta autorización puede ser gratuita o a cambio de una compensación económica que es pactada por las partes».

En la exposición de motivos de la propuesta legislativa se afirma que la discrecionalidad que tienen las empresas de cable de poder incluir o no las señales locales, genera una situación de desigualdad y discriminación pues ya entre los mismos radiodifusores no pueden competir en igualdad de condiciones.

De igual manera, se indica que no resulta congruente que el titular de una autorización que cumple con sus obligaciones frente al Estado se vea mermado en sus derechos (el de difundir su señal dentro de la localidad para que queda autorizado) por un actor legitimado para ello por el Estado y que, al mismo tiempo es su competencia.

«Además toma especial relevancia el hecho que los prestadores de servicios de radiodifusión cumplen un rol social en situaciones de emergencia. Si es que las empresas de cable tienen la discrecionalidad de incluir o no sus programaciones en sus parrillas, los mensajes y alertas que emitan las señales de radiodifusión no podrán ser captada por los usuarios de cable», se argumenta.

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