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PERÚ-JAPÓN: Conoce la declaración conjunta para fortalecer asociación estratégica

Perú y Japón sostuvieron ayer una reunión de trabajo como parte de la visita oficial del primer ministro japonés, Shigeru Ischiba a nuestro país, siendo recibido esta mañana por la presidenta Dina Boluarte en Palacio de Gobierno, donde se suscribieron diversos acuerdos, entre ellos la declaración conjunta para el fortalecimiento de la asociación estratégica. Este es el documento.

ANDINA/Prensa Presidencia

Declaración conjunta para el fortalecimiento de la Asociación Estratégica entre la República del Perú y Japón

El Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Japón:

Reconociendo que ambos países tienen más de 150 años de relaciones diplomáticas, siendo la República del Perú el primer país en América Latina en establecer relaciones diplomáticas con Japón desde 1873,

Enfatizando que la República del Perú y Japón se reconocen mutuamente como Socios Estratégicos desde 2016, basándose en principios y valores compartidos, tales como la democracia, el respeto al Estado de Derecho, la libertad y los derechos humanos,

Considerando sus intereses económicos convergentes, así como su cooperación en el foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) y siendo miembros del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP), el cual fomenta las relaciones económicas bilaterales,

Destacando la complementariedad económica entre ambos países y el sólido marco legal bilateral, que incluye el Acuerdo de Asociación Económica, en vigor desde 2012, y el Acuerdo para Evitar la Doble Tributación y Prevenir la Evasión y Elusión Fiscal, en vigor desde 2021,

Reafirmando la importancia de la cooperación para construir y fortalecer cadenas de suministro resilientes y confiables para bienes críticos, incluidos los minerales críticos, basados en los principios de transparencia, diversificación, seguridad, sostenibilidad y confianza y confiabilidad,

Reafirmando nuestro compromiso compartido de mantener un sistema de comercio basado en normas, cuyo núcleo es la OMC,

Destacando que la República del Perú cuenta con la tercera comunidad Nikkei más grande del mundo, con más de 200,000 personas, y que la comunidad peruana es la mayor comunidad hispanohablante en Japón, con más de 50,000 personas, las cuales han sido un puente de amistad entre ambos países,

Observando que el intercambio y la cooperación económica, comercial, cultural y social se han fortalecido en los últimos años como consecuencia del diálogo y el trabajo conjunto de ambos países,

Reconociendo que ambos países consideran que la protección y promoción de la dignidad humana son la base para un desarrollo sostenible e inclusivo,

Reafirmando que la República del Perú y Japón son socios internacionales en el mantenimiento y fortalecimiento del orden internacional libre y abierto basado en el estado de derecho, el fortalecimiento del multilateralismo, la protección de los principios democráticos, el respeto al derecho internacional y la promoción de la resolución pacífica de disputas, en un contexto global de múltiples crisis interconectadas, y reiterando la oposición a cualquier intento unilateral de cambiar el status quo mediante la fuerza o la coerción en cualquier parte del mundo,

Reafirmando la importancia de mantener la paz y la seguridad internacionales de acuerdo con los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, incluyendo el respeto a la soberanía e integridad territorial de los Estados y la prohibición del uso de la fuerza,

Destacando, en este contexto, la necesidad de lograr una paz duradera, justa e integral en Ucrania lo antes posible,

Expresando seria preocupación por la situación humanitaria en la Franja de Gaza y haciendo un llamado a un cese al fuego inmediato, la liberación de rehenes, se garantice de manera sostenible un entorno propicio para las actividades de asistencia humanitaria y se respete estrictamente el derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario,

Reafirmando la importancia de mantener la paz, la estabilidad, la seguridad y la libertad de navegación y sobrevuelo, de conformidad con el derecho internacional; enfatizando la importancia de la resolución pacífica de controversias marítimas, de conformidad con los principios del derecho internacional universalmente reconocidos y reflejados en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar; y destacando la necesidad de una estrecha cooperación para asegurar la estabilidad y la prosperidad en la región Asia-Pacífico, considerando que ambos países son Estados costeros del Océano Pacífico,

Han decidido profundizar y dinamizar la Asociación Estratégica bilateral con una visión compartida a largo plazo, adoptando una Hoja de Ruta (2024-2033) con cinco pilares prioritarios de la relación, en los cuales ambos países se comprometen a:

I. Pilar Político-Diplomático: Fortalecer el diálogo político y aumentar las visitas de alto nivel para abordar desafíos comunes, basados en el reconocimiento de ambos países sobre la importancia de promover vínculos en todos los niveles de gobierno.

II. Pilar Económico: Ampliar y profundizar las relaciones comerciales, de turismo e inversión entre ambos países, basados en la complementariedad de ambas economías, con la finalidad de promover su desarrollo sostenible en los sectores minero, agroindustrial, pesquero, de infraestructuras y de energías renovables, así como fortalecer sus economías dentro de las cadenas globales de valor.

III. Pilar de Cooperación Bilateral: Fortalecer la cooperación en áreas en las que ambos países vienen trabajando juntos, extender la cooperación a nuevos ámbitos de interés común, tales como igualdad de género, ciencia y tecnología, cambio climático, preservación ambiental, investigación en temas antárticos, desarrollo aeroespacial, prevención de riesgos de desastres, entre otros, y desarrollar proyectos de cooperación triangular que contribuyan al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

IV. Pilar Social y de Relacionamiento Pueblo a Pueblo: Fortalecer los lazos entre las poblaciones de ambos países mediante intercambios culturales, sociales, académicos y deportivos, así como promover el intercambio de personas y el desarrollo de capacidades ciudadanas, con el fin de buscar soluciones a los desafíos a los que se enfrentan ambos países.

V. Pilar de Defensa y Seguridad: Promover la cooperación y los intercambios bilaterales en el ámbito de la defensa en áreas de interés mutuo, basados en el Memorando sobre cooperación e intercambios de defensa entre ambos países.

A fin de implementar los pilares priorizados antes mencionados, se adjunta una Hoja de Ruta que forma parte de la presente Declaración Conjunta, la cual incluye proyectos y compromisos a desarrollar para cada pilar.

El seguimiento de la implementación de la Hoja de Ruta será realizado por un Grupo de Trabajo que será establecido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de ambos países.

Adoptada en la ciudad de Lima, el 17 de noviembre de 2024, en ocasión de la visita oficial de Su Excelencia Shigeru Ishiba, Primer Ministro de Japón a la República del Perú en atención a la invitación formulada por Su Excelencia Dina Ercilia Boluarte Zegarra, Presidente de la República del Perú, en los idiomas castellano, japonés e inglés, teniendo todos los textos el mismo valor. En caso de divergencia de interpretación, prevalecerá la versión en inglés.

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