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‘VACUNAGATE’: DECLARAN PROCEDENTE DENUNCIA CONSTITUCIONAL CONTRA VIZCARRA Y MAZZETTI

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales admitió a trámite por procedente la denuncia constitucional de la fiscal de la Nación, Patricia Benavides contra Martín Vizcarra y Pilar Mazzetti por la presunta comisión del delito de concusión en el caso ‘Vacunagate’.

 

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó, con 17 votos a favor y una abstención, declarar procedente la denuncia constitucional contra el expresidente Martín Vizcarra y la exministra de Salud, Pilar Mazzetti, por ser presuntos autores del delito de contra la administración pública en la modalidad de concusión.

 

La denuncia formulada por la fiscal de la nación, Patricia Benavides acusa al exmandatario de haberse vacunado de forma irregular contra la COVID-19 en el año 2020 y por hacer un uso abusivo de su cargo para fines personales.
“La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó por mayoría declarar procedente la denuncia contra el expresidente Martín Vizcarra y la exministra Pilar Mazzetti por haberse vacunado de forma irregular contra el COVID-19”, informó el Congreso en sus redes sociales.
Dicho recurso fue interpuesto al cumplirse más de dos años del denominado caso ‘Vacunagate’, el escándalo que involucra a 487 personas, entre ellas altos funcionarios y empresarios, por recibir de forma irregular la candidata a vacuna contra el Covid 19, en el marco de la fase III de las pruebas clínicas que realizaba la farmacéutica china Sinopharm en el Perú.

archivó la denuncia por los presuntos delitos de homicidio calificado, organización criminal, marcaje o reglaje, tortura, discriminación e incitación a la discriminación,

 

De otro lado, el grupo parlamentario archivó la denuncia constitucional contra varios exfuncionarios encabezados por el expresidente de la República Martín Vizcarra por los presuntos delitos de homicidio calificado, organización criminal, marcaje o reglaje, tortura, discriminación e incitación a la discriminación, abuso de autoridad, abandono de cargo, encubrimiento personal, omisión de denuncia y prevaricato y por la presunta infracción de la Constitución Política del Perú.
La denuncia presentada por el ciudadano Walter David Luque Chaiña, fue considerada improcedente por cuanto no fue presentada por el directamente agraviado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 89 del Reglamento del Congreso

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