FONAVI: FAMILIARES DE FALLECIDOS PUEDEN COBRAR APORTES SIN TESTAMENTO
Los familiares de los fonavistas fallecidos pueden cobrar la devolución de los aportes del beneficiario titular sin necesidad de contar con el testamento o sucesión intestada, según indica la Comisión Ad Hoc encargada del proceso.
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O sucesión intestada, según Comisión Ad Hoc encargada del proceso
Cabe destacar que el proceso es totalmente gratuito. Asimismo, los herederos forzosos pueden cobrar de acuerdo con un orden de prelación.
Familiares
Para realizar el cobro de la devolución de aportes, los familiares deben presentar los documentos correspondientes: partida de matrimonio, de unión de hecho o de nacimiento del titular.
El orden de prelación es el siguiente:
1. En primer lugar, el cónyuge o conviviente
2. En segundo lugar los hijos
3. Los padres
4. Los hermanos
5. Finalmente las personas que aparecen en el testamento o la sucesión intestada, si las hubiera.
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