Atención. Los influencers que se inscriban como proveedores para difundir la franja electoral; deberán tener como mínimo 100,000 seguidores y no podrán ser candidatos. Así lo dispuso la Oficina Nacional de Proceso Electorales (ONPE) al modificar, en ese sentido, el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.
La Resolución Jefatural N° 000145-2025-JN/ONPE, publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, modifica el artículo 65 del referido reglamento, referido a los requisitos para registrarse en el catálogo como proveedores de medios de comunicación radiales, televisivos y medios digitales (redes sociales).
En ese sentido, dispone que los creadores de contenido, influencers, youtubers y similares que se inscriban como proveedores o postores de la franja electoral no deben ostentar la condición de candidato(a) en las Elecciones Generales, Regionales y Municipales, así como en sus correspondientes Elecciones Primarias, ni adquirir la condición de candidato(a) durante el desarrollo de dichos procesos electorales.
Este requisito rige en su condición de personas naturales o mediante una persona jurídica que los represente (como agencias de medios, entre otros). Se acreditará con la suscripción de una Declaración Jurada.
SE precisa que las cuentas en redes sociales propuestas para la difusión de la franja electoral por los creadores de contenido, influencers y similares, deberán tener una antigüedad mínima de un año desde su creación.Deberán también contar con un mínimo de cien mil seguidores/suscriptores, tener un porcentaje de compromiso mínimo de interacción (engagement).
Para Facebook e Instagram será mínimo 1.3% en los últimos 30 días calendario; para Youtube mínimo 10 mil visualizaciones en promedio por video en los último 30 días calendario.
Se advierte además que las métricas deberán ser sustentadas mediante capturas de pantalla extraídas directamente de las plataformas digitales de los influenciadores o creadores de contenido”, precisa la norma.
Asimismo, en el caso de las agencias de medios, se requerirá, adicionalmente, la suscripción de una declaración jurada, con documentos sustentatorios que acredite una experiencia mínima de 4 años en la planificación, estrategia, compra y/o gestión de espacios publicitarios en plataformas digitales y una experiencia previa de inversión en publicidad digital en los últimos 04 años no menor a 186 UIT.
La oficina Nacional de Proceso Electorales (ONPE) informó que el período de inscripción en el Registro de Postores de la Franja Electoral de las Elecciones Primarias de las Elecciones Generales 2026 se llevará a cabo del 23 de septiembre al 7 de octubre de 2025.