El Senado de la República, que se instalará el próximo año, tendrá entre sus funciones la elección, designación, ratificación y remoción de altos funcionarios, como magistrados del Tribunal Constitucional, del defensor del pueblo y tres directores del Banco Central de Reserva del Perú.
También tendrá como función la ratificación y remoción de los altos funcionarios, según Reglamento del Senado
Así lo establece el Reglamento del Senado publicado en el Boletín Normas Legales del Diario El Peruano.
La norma señala que la función de elección, designación, ratificación y remoción de altos funcionarios «comprende el desarrollo de los procedimientos de elección del defensor del pueblo, de designación del contralor general de la República, de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional, de elección de tres directores del Banco Central de Reserva del Perú y la ratificación de la designación de su presidente».
Asimismo, el Senado tiene a su cargo la ratificación del superintendente de banca, seguros y administradoras privadas de fondos de pensiones.
Le compete también la remoción de los funcionarios conforme a lo señalado por la Constitución Política del Perú.
En el proceso de elección, designación o ratificación de los altos funcionarios del Estado, la Comisión de Procedimientos Especiales es el órgano parlamentario que tiene como atribución el desarrollo e instrucción, antes de ser visto por el Pleno del Senado.
Dicha comisión propone al pleno del Senado, mediante informes, los candidatos aptos para ocupar dichos cargos. También le compete la instrucción y el informe, para el pleno del Senado, de los funcionarios públicos señalados por la Constitución Política del Perú que pueden ser removidos por falta grave o causa grave.