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OFICIALIZAN DECRETO PARA PREVENCIÓN DEL DELITO DE EXTORSIÓN

El Poder Ejecutivo oficializó ayer un decreto que aprueba medidas especiales la prevención e investigación del delito de extorsión y delitos conexos, así como para la modificación del Código Penal y del Código Procesal Penal.

Esta medida se oficializa a través del Decreto Legislativo 1611, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. 
El presente decreto se aplica en todo el país, incluyendo espacios geográficos delimitados como áreas, recintos o zonas de exclusión, o de régimen especial administrativo u otros ámbitos, o el ciberespacio, salvo las actuaciones en propiedad privada, que exigen mandato judicial y con la única exclusión de recintos protegidos por inmunidad diplomática.
Asimismo, precisa que el Ministerio Público, como titular del ejercicio público de la acción penal, asume la conducción de la investigación desde su inicio y controla jurídicamente la investigación que realiza la Policía Nacional del delito de extorsión y delitos conexos.
En tanto, la Policía Nacional del Perú (PNP), en ejercicio de la tutela del orden interno, previene, investiga y combate la delincuencia, y en materia procesal penal, realiza la investigación del delito de extorsión y delitos conexos.

Prevención y diligencias

Para prevenir es delito, la PNP realiza rondas o patrullajes vehiculares,  así como, vigilancia fija o móviloperaciones de control territorial respecto a personas en vehículos de transporte público o privado; inspecciones o registro personal del conductor y pasajeros, así como de la unidad vehicular; entre otros.
Asimismo, la unidad de investigación policial también deberá realizar como diligencias el levantamiento y recojo de muestras; registros e inspecciones del lugar de los hechos; identificación de testigos presenciales; revisión de la escena del delito y adyacentes; incautaciones e inmovilizaciones de elementos de prueba comunes; entre otros.
De otro lado, señala que las entidades públicas y privadas en el marco de las obligaciones expresadas en normas de distinta jerarquía y existiendo flagrancia delictiva de por medio, «deben proporcionar en cooperación con la autoridad policial a cargo de la investigación de delito de extorsión y delitos conexos«.
El decreto también modifica los artículos 200 y 317 del Código Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635, que sancionan los delitos de extorsión y de organización criminal

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