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AUMENTO DEL VALOR DE LA UIT PARA EL 2024 TENDRÁ EFECTOS TRIBUTARIOS Y LABORALES

Mediante la publicación del Decreto Supremo 309-2023-EF, el gobierno dispuso aumentar el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) a S/5,150 para el ejercicio fiscal del 2024. Según se ha explicado, el ajuste fue aprobado teniendo en cuenta los supuestos macroeconómicos, entre los que se incluye la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del presente año.

De acuerdo con el gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Álvaro Gálvez, dicha variación va a tener una serie de efectos tributarios, laborales y administrativos para los contribuyentes.

Esto se explica porque el aumento de la UIT tiene aplicación en el índice de referencia para la declaración y pago del impuesto a la renta (bases imponibles, deducciones, límites de afectación, etc.), impuesto predial, impuesto al patrimonio vehicular, impuesto de alcabala, además de otras obligaciones.

Gálvez dijo además que es necesario tener en cuenta que la UIT se utiliza, también, para determinar el monto de los derechos de trámite en la administración pública, y en la aplicación de multas tributarias, administrativas y obligaciones contables.

En lo que respecta al pago del Impuesto a la Renta (IR) sobre los sueldos, el nuevo valor de la UIT permite ampliar el rango de exoneración del IR, tanto para trabajadores en planilla (dependientes) como para independientes.

El experto recordó que en el caso de los trabajadores dependientes que figuran en planilla, a quienes se le retiene el IR de Quinta Categoría, durante el año 2024 no pagarán el impuesto a la renta, siempre que sus ingresos anuales no superen 7 UIT de 5,150 esto es, 36,050 anuales (sin considerar la 3 UIT adicionales por gastos admitidos).

Mientras que los trabajadores independientes que emiten recibo por honorarios, no pagarán el impuesto a la renta, en tanto sus ingresos anuales no superen 45,063 soles, aproximadamente, teniendo en cuenta que esta categoría de renta tiene una deducción de 7 UIT y, además, el 20 % de la renta bruta. (Sin considerar las 3 UIT adicionales de gastos).

En relación con el impuesto predial y el impuesto de alcabala, el pago también será menor, dado que el tramo inafecto –10 UIT– sube a 51,500 soles.

LAS MYPES

A fin de determinar el efecto real que tendrá el aumento del valor de la UIT en las micro, pequeñas y medianas empresas, los expertos precisan que se debe tener en cuenta que estas se clasifican según sus niveles de ventas anuales:

-Microempresa: ventas anuales hasta el monto máximo de 150 UIT, es decir, 772,500 soles a partir del 2024.

-Pequeña empresa: ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta el monto máximo de 1 700 UIT, equivalente a un monto de 8 millones 755,000 soles a partir del 2024.

-Mediana empresa: ventas anuales superiores a 1,700 UIT y hasta el monto máximo de 2,300 UIT, equivalente a 11 millones 845 000 a partir del 2024.

Cabe señalar que, en los últimos años, la UIT ha registrado las siguientes variaciones: 3,650 soles en el 2012; 3,700 soles (2013); 3,800 soles (2014); 3,850 soles (2015); 3,950 soles (2016); 4,050 soles (2017); 4,150 soles (2018); 4,200 soles (2019); 4,300 soles (2020); 4,400 soles (2021); 4,600 soles (2022) y 4,950 soles (2023).

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