En una audiencia virtual, el tribunal supremo analizará el recurso de apelación que presentó la fiscal suprema Delia Espinoza para revocar la resolución emitida por el juez supremo Juan Carlos Checkley el último 8 de mayo, en la que declaró infundado el pedido que hizo Patricia Benavides no salga del país por tres años, a fin de asegurar su permanencia en las diligencias que realiza su despacho por este caso.
El pasado 08 de mayo el pedido fiscal fue declarado infundado por el juez supremo Juan Carlos Checkley
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema evaluará este miércoles 12 de junio si ordena el impedimento de salida del país 36 meses contra la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides
En una audiencia virtual a realizarse desde las 9 de la mañana, el tribunal supremo analizará el recurso de apelación que presentó la fiscal suprema Delia Espinoza para revocar la resolución que emitió el juez supremo Juan Carlos Checkley, el último 8 de mayo, en la que declaró infundado el pedido que hizo para que Patricia Benavides no salga del país por tres años, a fin de asegurar su permanencia en las diligencias que realiza su despacho relacionadas a este caso.
La sala presidida por el juez supremo César San Martín también escuchará ese día los argumentos de la defensa legal de Patricia Benavides para que se rechace esta apelación fiscal y se confirme la resolución emitida por el magistrado Checkley Soria sobre este asunto.
El 23 de abril último, la fiscal suprema Delia Espinoza solicitó que se ordene el impedimento de salida del país por 36 meses contra la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, en atención al peligro procesal por su probable pertenencia a una organización criminal que habría encabezado en el Ministerio Público, según las declaraciones de su exasesor Jaime Villanueva y otros elementos.
El pasado 08 de mayo este pedido fiscal fue declarado infundado por el juez supremo Juan Carlos Checkley al determinar que este caso no supera el test de proporcionalidad en cuanto a la necesidad de la medida solicitada y en atención a la insuficiencia de elementos de convicción que sustentan el requerimiento fiscal y la conducta procesal adecuada presentada por la investigada y su defensa dentro del este caso.