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PRORROGAN EL ESTADO DE EMERGENCIA EN VARIAS PROVINCIAS DE MADRE DE DIOS

El Gobierno prorrogó hoy el estado de emergencia en los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras, Laberinto, Madre de Dios y Huepetuhe (provincia de Tambopata, en Madre de Dios) por 60 días calendario a fin de fortalecer las acciones dirigidas a frenar la minería ilegal, la tala desmesurada de árboles y otros delitos conexos que se cometen en esa región.

Así quedó establecido mediante el Decreto Supremo Nº 076-2024-PCM, que fue publicado esta mañana en el Diario Oficial El Peruano. De acuerdo con el dispositivo legal, la medida tiene como finalidad continuar ejecutando operaciones policiales para combatir y neutralizar la tala y minería ilegal, así como sus delitos conexos que perturban el orden interno.

El estado de emergencia en dicha región será prorrogado por el término de 60 días calendario, a partir del 30 de julio de 2024, tiempo en el que la Policía Nacional del Perú (PNP) mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA).

Durante el estado de emergencia dispuesto, se aplicará lo establecido en el artículo 137 de la Constitución, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.

En tanto que, las intervenciones policiales y militares se realizarán en cumplimiento del Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú y en el Título II del Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, y su reglamento.

“De igual modo en el Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023-MIMP”, se precisa.

De igual manera, se establece que dentro de los cinco días hábiles posteriores al término del estado de emergencia, la Policía Nacional del Perú debe presentar al titular del Ministerio del Interior, un informe detallado de las acciones realizadas durante la prórroga del régimen de excepción y los resultados obtenidos.

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