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López Aliaga no podrá ejercer el cargo de alcalde de Lima

El líder de Renovación Popular, Rafael López Aliaga no será proclamado alcalde de Lima pese a los resultados de las elecciones de octubre. Así quedó establecido luego que el Jurado Nacional de Elecciones acordara no otorgarle las credenciales a él y a los otros candidatos que postularon al cargo de primeros regidores, aún cuando ocuparon el cargo de burgomaestres en el periodo anterior.

La decisión fue adoptada tras efectuar una revisión de oficio sobre las proclamaciones de resultados expedidas por los Jurados Electorales Especiales (JEE) sobre los resultados de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.

La decisión fue comunicada anoche por la secretaria general del JNE, Yessica Clavijo Chipoco, en una rueda de prensa en la que dejó en claro que “el organismo electoral vela por el cumplimiento de la Constitución Política, que establece que no puede ocupar nuevamente el cargo de alcalde o alcaldesa una persona que ya lo hizo en la gestión inmediata anterior”.

La funcionaria explicó que en esta primera resolución del pleno del JNE se han identificado seis casos tras revisar un primer grupo de 427 proclamaciones de JEE. «Velando por lo que establece la Constitución, en aquellos casos en los cuales el primer o la primera regidora haya ejercido el cargo de alcalde o alcaldesa en el periodo inmediato anterior, no será proclamado ni recibirá las credenciales para esta nueva gestión. Asumirá el cargo la siguiente persona: regidor hábil de la lista», dijo.

LAS REGLAS

Clavijo también señaló que “el regidor o la primera regidora tampoco podrá asumir el cargo de alcalde o alcaldesa bajo la figura de sucesión, ante una eventual suspensión o vacancia a partir del año 2027, ni postular, habiendo asumido el cargo en las siguientes elecciones de 2030”.

«Si hay algún pronunciamiento que se contraponga a los lineamientos ya establecidos y que además, reitero, son en pleno cumplimiento de lo que la Constitución manda, se emitirán las rectificaciones y el mandato de la rectificación correspondiente. Los pronunciamientos del Jurado son en última instancia y no son apelables», sentenció.

Finalmente explicó que los Jurados Electorales Especiales administran justicia en primera instancia con autonomía y, precisó que sus pronunciamientos pueden ser apelados y revisados de oficio por el JNE.

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